Me llego un cliente con un certificado laboral desde diciembre del 95 hasta marzo del 2014.
Esta persona me dice que empezo a trabajar en febrero del 95 y tiene los recibos que asi lo demuestran.
Averigue en anses y no estan hecho los aportes aunque esta retenido en cada recibo de cada mes.
Le corre multa segun art 80 lct , pero puedo ir por retencion idebida de aportes ? Se que las deudas previsionales prescriben a los 10 años para la afip, pero como es para el reclamo del empleado ?
Gracias
Esta persona me dice que empezo a trabajar en febrero del 95 y tiene los recibos que asi lo demuestran.
Averigue en anses y no estan hecho los aportes aunque esta retenido en cada recibo de cada mes.
Le corre multa segun art 80 lct , pero puedo ir por retencion idebida de aportes ? Se que las deudas previsionales prescriben a los 10 años para la afip, pero como es para el reclamo del empleado ?
Gracias