juani2012 escribió:Holaaa Alguien me podría ayudar con esto: """Asimismo, en atención a la fecha de fallecimiento del causante, hágase saber que como recaudo previo a la inscripción de la declaratoria de herederos, deberá darse cumplimiento con el impuesto a la transmisión gratuita de bienes. A tal fin, oportunamente adjúntese formulario de declaración jurada R-550G debidamente pasado por ante la Entidad Recaudadora Provincial, o en su caso, acredítese la exención correspondiente justificada ante dicho organismo (Cfr. Res. 91/10 ARBA, leyes 13688 art. 183; 14044 art. 110; 14200 art. 78 y cctes.).-podés ver
El unico bien es un deposito en un banco. Tramita en la Matanza. Espero puedan ayudarme. Mil Gracias
Texto instructivo Transmisión Gratuita de Bienes (TGB), en
http://www.arba.gov.ar/archivos/Publica ... vo_tgb.pdf