Hola buenos dias!!
Los molesto por lo siguiente.
Tengo un juicio de reajuste iniciado y con sentencia que dice lo siguiente:
1 de noviembre de 2012.
Agréguese y téngase presente.
En atención al estado de autos, sin perjuicio de las facultades previstas por el art. 36 del C.P.C.C.N., declárase la causa conclusa para definitiva (conf. arts. 359, 481 y concs del C.P.C.C.N.) Notifíquese.
Ya estan todos notificados.
Luego sale esto:
Buenos Aires, 11 de febrero de 2014 .
Hágase saber el juez que va a conocer.
Téngase presente el informe que antecede.
Proveyendo a fs. 78: Agréguese y téngase presente.
Sin perjuicio de lo actuado, y en virtud de las facultades conferidas por el art. 36 del C.P.C.C.N. y de conformidad con lo dispuesto por la Excma. C.F.S.S. (Res. de Cámara Nº 27 del 30-05-11), requiérase a la A.N.Se.S el envío de documentación en formato digitalizado a través del sistema S.I.D.U. Judicial, consignándose los números de expedientes administrativos denunciados por la parte actora que tengan vinculación con estos autos.
Luego con fecha 27/04/14 consta que recibieron los expedientes en forma digital de la Anses.
Pregunta: ahora como sigo? tengo que solicitar se practique liquidacion ya que con fecha 1/11/2012 se declaro la causa conclusa para definitiva?
<perdon pero es mi primer reajuste y acá no tengo claro como seguir!!
Gracias por su ayuda!!
Los molesto por lo siguiente.
Tengo un juicio de reajuste iniciado y con sentencia que dice lo siguiente:
1 de noviembre de 2012.
Agréguese y téngase presente.
En atención al estado de autos, sin perjuicio de las facultades previstas por el art. 36 del C.P.C.C.N., declárase la causa conclusa para definitiva (conf. arts. 359, 481 y concs del C.P.C.C.N.) Notifíquese.
Ya estan todos notificados.
Luego sale esto:
Buenos Aires, 11 de febrero de 2014 .
Hágase saber el juez que va a conocer.
Téngase presente el informe que antecede.
Proveyendo a fs. 78: Agréguese y téngase presente.
Sin perjuicio de lo actuado, y en virtud de las facultades conferidas por el art. 36 del C.P.C.C.N. y de conformidad con lo dispuesto por la Excma. C.F.S.S. (Res. de Cámara Nº 27 del 30-05-11), requiérase a la A.N.Se.S el envío de documentación en formato digitalizado a través del sistema S.I.D.U. Judicial, consignándose los números de expedientes administrativos denunciados por la parte actora que tengan vinculación con estos autos.
Luego con fecha 27/04/14 consta que recibieron los expedientes en forma digital de la Anses.
Pregunta: ahora como sigo? tengo que solicitar se practique liquidacion ya que con fecha 1/11/2012 se declaro la causa conclusa para definitiva?
<perdon pero es mi primer reajuste y acá no tengo claro como seguir!!
Gracias por su ayuda!!