HOLA,
Estoy en una disyuntiva con relación a la inscripcion de un bien inmueble,
Sucesion en CABA, iniciada por otro letrado,
Acervo 2 inmuebles uno en CABA, que ya se inscribió y otro en Provincia de Bs As, que todavía no se inscribió.
La DH es del 2006, en esa oportunidad se solicitaron las inscripciones de ambos inmuebles, presentando toda las certificaciones de cada uno, y se pagó la tasa de ambos inmuebles, se ordenó la inscripcion en el 2007, ahí se inscribió el de capital solamente y nunca el de provincia.
El expte se archivó, y ahora en el 2014 se me encomendó inscribir el inmueble de provincia pendiente.
Teniendo en cuenta que el juzgado ya ordenó la inscripción en el 2007, pero luego se hizo una cesión de derechos hereditarios onerosa de un heredero al otro, que se inscribió en el RPI
1) Ahora, para inscribir el inmueble por el 100% a nombre del heredero y cesionario, debo solicitar todas las certificaciones nuevamente?
2)dominio, inhibicion de los causantes, valuacion, cedula catastral, pago de tasa actualizada? me falta algo?
3)la cedula catastral es imprescindible? o con solo el certif de valuación alcanza?
4)o solamente pedir que se inscriba de acuerdo a lo ordenado por SS en el 2007?
La verdad es que ya leí tanto que estoy mareada...

Estoy en una disyuntiva con relación a la inscripcion de un bien inmueble,
Sucesion en CABA, iniciada por otro letrado,
Acervo 2 inmuebles uno en CABA, que ya se inscribió y otro en Provincia de Bs As, que todavía no se inscribió.
La DH es del 2006, en esa oportunidad se solicitaron las inscripciones de ambos inmuebles, presentando toda las certificaciones de cada uno, y se pagó la tasa de ambos inmuebles, se ordenó la inscripcion en el 2007, ahí se inscribió el de capital solamente y nunca el de provincia.
El expte se archivó, y ahora en el 2014 se me encomendó inscribir el inmueble de provincia pendiente.
Teniendo en cuenta que el juzgado ya ordenó la inscripción en el 2007, pero luego se hizo una cesión de derechos hereditarios onerosa de un heredero al otro, que se inscribió en el RPI
1) Ahora, para inscribir el inmueble por el 100% a nombre del heredero y cesionario, debo solicitar todas las certificaciones nuevamente?
2)dominio, inhibicion de los causantes, valuacion, cedula catastral, pago de tasa actualizada? me falta algo?
3)la cedula catastral es imprescindible? o con solo el certif de valuación alcanza?
4)o solamente pedir que se inscriba de acuerdo a lo ordenado por SS en el 2007?
La verdad es que ya leí tanto que estoy mareada...
