Hola! Tengo uno de mis primeros casos, por lo que paso a pedirles consejo:
Situación:
a) Una de las herederas cobro la jubilación de la causante hasta la fecha de su fallecimiento.
b) luego del fallecimiento, continua administrando el unico bien inmueble de la sucesión.
c) mi cliente exige que haga una rendición de cuenta de lo que realizo antes y lo de ahora, ya que no ve dinero alguno por ello.
Como situación extra, hace unos meses, uno de los parientes (no heredero directo) intento sacar por la fuerza al inquilino (ya que supuestamente no estaba pagando) y la heredera que administra el bien declaro que le alquilaba a esta persona y que esta persona le pagaba a ella (todo en la comisaria).
Lo primero que me vino a la mente, es un incidente por rendicion de cuenta, previa notificación extrajudicial. Pero me gustaria que me dieran alguna idea mas, sobre todo, teniendo esa declaratoria hecha por la heredera en la comisaria.
Por ultimo, comentar que mi cliente es quien hizo la sucesión y llego hasta la declaratoria de herederos. ¿Podemos exigir esos gastos?.
Muchas gracias!
Facundo.
Situación:
a) Una de las herederas cobro la jubilación de la causante hasta la fecha de su fallecimiento.
b) luego del fallecimiento, continua administrando el unico bien inmueble de la sucesión.
c) mi cliente exige que haga una rendición de cuenta de lo que realizo antes y lo de ahora, ya que no ve dinero alguno por ello.
Como situación extra, hace unos meses, uno de los parientes (no heredero directo) intento sacar por la fuerza al inquilino (ya que supuestamente no estaba pagando) y la heredera que administra el bien declaro que le alquilaba a esta persona y que esta persona le pagaba a ella (todo en la comisaria).
Lo primero que me vino a la mente, es un incidente por rendicion de cuenta, previa notificación extrajudicial. Pero me gustaria que me dieran alguna idea mas, sobre todo, teniendo esa declaratoria hecha por la heredera en la comisaria.
Por ultimo, comentar que mi cliente es quien hizo la sucesión y llego hasta la declaratoria de herederos. ¿Podemos exigir esos gastos?.
Muchas gracias!
Facundo.