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  • No me hicieron lugar a la produccion de prueba

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1037431  por Dranicole
 
Buenas noches colegas, les queria preguntar que puedo hacer ya que pedi apertura a prueba, me la condedieron pero me denegaron la produccion de la prueba del contador, ya que la demandada nego la relacion laboral, y la verdad es que no puedo entender porque, ya que por ahi se entiende que los puntos de pericia en cuanto a que se fije en los libros la jornada laboral de la persona no sea necesario, pero el tema de ver si la liquidacion de lo pretendido esta bien efectuada, y que diga se expida sobre otros puntos no fue tenido en cuenta por el juez? digo como me van a dejar sin perito contador??? alguien sabe que puedo hacer, muchas gracias
 #1037438  por andresxeneizes
 
para mi esta bien, el criterio del fuero laboral que hay que poner un perito para solamente hacer el calculo de la indemnizacion es una tonteria absoluta, eso lo puede hacer el juez, distinto es si necesitara ver los libros, pero aca es al pedo ver los libros obvio que no esta registrado el tipo.

yo no haria nada, yo siempre ofrezco la pericia contable porque no sea cosa que algun juez despues me diga que como no pedi perito el no puede hacer las cuentas, pero como el que te denego la prueba es el juzgado no vas a tener ese problema.
 #1037439  por pepecurdele
 
esta bien porque la liquidacion es decir los montos por los cuales properaria la demanda son potestad de V.S y no del perito contador.
 #1037448  por Dranicole
 
Buenisismo, te agradezco muchisismo!!!!, te hago otra pregunta si no te molesta, yo pedi en el escrito de inicio una pericia caligrafica porque el empleador firmo una circular para el resto de los empleados donde le dice a los demas empleados que mi defendido empezara a trabajar, o sea recontra prueba, yo ofreci la fotocopia y dije que tengo el orginal para el momento oportuno de la pericia por el momento de seguridad, y en el auto de apertura no me dijeron nada al respecto, solamente que la pericia se hara el dia de la audiencia de vista de causa, quiere decir que tacitamente el juez me esta diciendo que esta bien que conserve el original hasta ese momento? besos y mil gracias
Nicole
 #1037452  por pepecurdele
 
¿quien te dijo que podias guardarte el original por razones de seguridad y acompañar una fotocopia? no sabias que en Pcia de buenos aires tenes que acompañar la documental con le escrito de inicio, entiendo que no podras valerte de esa prueba ya que la etapa de ofrecimiento de prueba precluyo.
 #1037455  por Dranicole
 
Mira yo cuando interpuse la demanda presente la fotocopia y dije claramente que tenia el original en mi poder para ser acompañada en el momento de la pericia por cuestiones de seguridad, y no me dijeron nada al respecto.
Al momento de solicitar la apertura a prueba, lo unico que me dijeron es que la pericia se va a hacer el dia de la audiencia de vista de causa, cuando consulte con los chicos de ahi del tribunal entenideron lo mismo que yo, si hubiera sido necesario que adjunte el original, me lo hubieran dicho. Yo lo deje muy claro en el escrito. Cual seria el problema? beso gracias (pd no es que no presente la prueba, la presente pero en copia)
 #1037472  por pepecurdele
 
exacto es asi no podes valerte de esa documental y la cosa es asi de estricta. Para seguridad el Tribunal tiene una caja fuerte en donde se guarda la documental en reserva. El tribunal por supuesto nada te va a decir si adjuntaste solo copias.
 #1037473  por pepecurdele
 
ley 11653
ARTICULO 26.- La demanda se interpondrá por escrito y contendrá:

a) Nombre, domicilio real, edad, nacionalidad, estado civil y profesión, oficio u ocupación del actor.

b) Nombre y domicilio del demandado.

c) La designación precisa de cada uno de los conceptos que se impetren.

d) Los hechos en que se funde cada uno de los reclamos expresados claramente.

e) El derecho en que se sustentan las acciones deducidas expuesto sucintamente.

f) La liquidación de los rubros que correspondiere.

g) La mención de los medios de prueba que la parte intente hacer valer para demostrar sus afirmaciones. Asimismo, presentar los documentos que obraren en su poder y si no los tuviere los individualizar indicando su contenido, la persona en cuyo poder se hallaren, o el lugar, archivo u oficina donde se encuentren.

h) La petición en términos claros y positivos.
 #1037474  por Dranicole
 
presente la copia del documento que esta en mi poder, y deje en claro que no presentaba el original, por el valor de la prueba, imaginate si la sacan del expediente. No me dijeron nada, ni me desestimaron la prueba caligrafica. No tenes necesidad de transcribir el articulo lo se y no dice nada sobre que los documentos deberan ser originales. saludos, y tranquilo que yo hablo con mucho respeto.
 #1037475  por pepecurdele
 
bueno espero que tengas suerte, despues de 22 años de ejercicio profesional y de litigar casi exclusivamente en los tribunales de trabajo de la Pcia de Bs As tendre que ir a la facultad de nuevo.
 #1037481  por pepecurdele
 
Dranicole escribió:Gracias! dale si todo sale bien te aviso y anda de nuevo.
hayyyy Dios............. tenemos que ver cada cosa hoy dia,,,,,,,,,,,,,,,,
 #1037487  por pepecurdele
 
lastima......... uno trata de ser amable y no decir........... hayyyy Dios............. tenemos que ver cada BURRADA hoy dia,,,,,,,,,,,,,,,,
ademas si estas tan seguro/a para que consultas.