En una ejecución de honorarios contra el GCBA, oficiado el Banco Ciudad del embargo ordenado contra cuentas del GCBA, responde (el banco) informando que según el art 1 Ley 25973 los bienes del GCBA "serían" inembragables solicitando al juez "ratifique si corresponde el embargo y transferencia".
Cabe aquí solicitar que por ser los Honorarios de carácter alimentario no procede el art 19 y 20 de la ley 24624 a la que se refiere el art 1 de la Ley 25973?? Les parece solicitar que no solo se ratifique sino que se emita un oficio reiteratorio solicitando la aplicación de astreintes por la evidente maniobra dilatoria e incumplimiento de la manda judicial ? Ya que la respuesta la da el Banco en la contestación al Oficio de embargo y no el letrado del GCBA?
Que opinan?
Cabe aquí solicitar que por ser los Honorarios de carácter alimentario no procede el art 19 y 20 de la ley 24624 a la que se refiere el art 1 de la Ley 25973?? Les parece solicitar que no solo se ratifique sino que se emita un oficio reiteratorio solicitando la aplicación de astreintes por la evidente maniobra dilatoria e incumplimiento de la manda judicial ? Ya que la respuesta la da el Banco en la contestación al Oficio de embargo y no el letrado del GCBA?
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