Hola! Mi clienta es la madre de una menor de 17 años, que en meses cumple 18, y quiere que su hija asista a una casa de medio camino, pero la menor se niega. Tiene muchos problemas de conducta y se encuentra en constante riesgo. Hizo un tratamiento en otra institución que dejaron de atenderla por las constantes ausencias y faltas de la menor. La evaluación que prevé el art. 482 del Código Civil es viable para este caso? No llega a ser susceptible de insania. La madre en sí necesita que un juez obligue un tratamiento psiquiátrico con asistencia a un establecimiento, porque en el nuevo instituto al que quiere que asista su hija le informaron que si la menor se niega ellos no pueden hacer nada.
Gracias por sus sugerencias!!
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