Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Evaluación art. 482

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1038056  por natalia84
 
Hola! Mi clienta es la madre de una menor de 17 años, que en meses cumple 18, y quiere que su hija asista a una casa de medio camino, pero la menor se niega. Tiene muchos problemas de conducta y se encuentra en constante riesgo. Hizo un tratamiento en otra institución que dejaron de atenderla por las constantes ausencias y faltas de la menor. La evaluación que prevé el art. 482 del Código Civil es viable para este caso? No llega a ser susceptible de insania. La madre en sí necesita que un juez obligue un tratamiento psiquiátrico con asistencia a un establecimiento, porque en el nuevo instituto al que quiere que asista su hija le informaron que si la menor se niega ellos no pueden hacer nada.
Gracias por sus sugerencias!!
 #1038170  por Tiburcio
 
Si, es aplicable.
La madre tiene que presentarse al juez o al Defensor de Incapaces, relatar la situación y pedir que la joven sea examinada por un equipo interdisciplinario, que determinará si necesita una internación involuntaria. A ese fin interviene el SAME psiquiátrico y la policía, coordinados por un organismo al que el Juzgado pide colaboración. Concurren a la casa, la trasladan a un hospital (u obra social si la tiene) y allí la examinan y resuelven si queda internada o si se vuelve a la casa.
Conviene en el escrito pedir que el Juzgado te autorice a vos y a tu cliente a diligenciar los oficios para agilizar las cosas.