Estimados colegas, me veo en la necesidad de consultarles el siguiente caso, le escribo la situación de hecho:
Se trata de una mujer, cuya fecha de nacimiento es 01/02/1950.
Tiene servicios en relación de dependencia por 7 años 11 meses.
Compró por moratoria ley 24476 13 años 9 meses, plan que actualmente figura como cancelado
Por medio de Servicio doméstico real y pagos realizados en tiempo y forma tiene 6 años y 5 meses.
Con fecha 21/11/2007 se cancelaron pagos de servicio doméstico reatroactivo del 04/2000 al 05/2002 en cada mes se abonó $ 55 de capital, es decir, por 2 años 2 meses (respecto a estos pagos se cancelaron intereses resarcitorios por los periodos 11/2001 al 05/2002 con formulario 102).
Es decir, tengo un total de 30 años 3 meses.
Las dudas me las trae el régimen de servicio doméstico, atento que entiendo que tanto en el caso en que se pagó retroactivo como el actual, es en dependencia, ello porque se laboró y pago por mas de 16 horas distribuidas semanalmente en cinco días, laborándose 6 horas.
Estuve leyendo bastante al respecto. Leí la ley 25239, la ley 25239, circulares de SDM, Dictamenes 37706, 43373 y otros, no obstante tengo las siguientes dudas respecto al régimen vigente de servicio doméstico:
Tendrá la empleadora que emitir certificación de servicios por el período trabajado 04/200 a 05/2002?
Entiendo que como es servicio doméstico en dependencia no lo tengo que incluir en sicam, uds que opinan?
Por otro lado, tendré que pagar intereses por el período 04/2000 al 10/2001? En ese caso, cómo los calculo?
Espero puedan contestar mis dudas.
Saludos cordiales.
Se trata de una mujer, cuya fecha de nacimiento es 01/02/1950.
Tiene servicios en relación de dependencia por 7 años 11 meses.
Compró por moratoria ley 24476 13 años 9 meses, plan que actualmente figura como cancelado
Por medio de Servicio doméstico real y pagos realizados en tiempo y forma tiene 6 años y 5 meses.
Con fecha 21/11/2007 se cancelaron pagos de servicio doméstico reatroactivo del 04/2000 al 05/2002 en cada mes se abonó $ 55 de capital, es decir, por 2 años 2 meses (respecto a estos pagos se cancelaron intereses resarcitorios por los periodos 11/2001 al 05/2002 con formulario 102).
Es decir, tengo un total de 30 años 3 meses.
Las dudas me las trae el régimen de servicio doméstico, atento que entiendo que tanto en el caso en que se pagó retroactivo como el actual, es en dependencia, ello porque se laboró y pago por mas de 16 horas distribuidas semanalmente en cinco días, laborándose 6 horas.
Estuve leyendo bastante al respecto. Leí la ley 25239, la ley 25239, circulares de SDM, Dictamenes 37706, 43373 y otros, no obstante tengo las siguientes dudas respecto al régimen vigente de servicio doméstico:
Tendrá la empleadora que emitir certificación de servicios por el período trabajado 04/200 a 05/2002?
Entiendo que como es servicio doméstico en dependencia no lo tengo que incluir en sicam, uds que opinan?
Por otro lado, tendré que pagar intereses por el período 04/2000 al 10/2001? En ese caso, cómo los calculo?
Espero puedan contestar mis dudas.
Saludos cordiales.