Hola a todos, me llego un cliente por un accidente de transito (circulaba con su motocicleta cuando un auto que giraba en U lo embiste). Como regresaba de trabajar, intervino la ART, la cual ya abono luego de unas negociaciones. El tema es el siguiente, voy a comenzar el juicio contra el titular dominicial (que es quien manejaba) y contra el seguro del rodado. Mi pregunta es si la compañia de seguros no va a querer abonar argumentando que ya nos abono la ART. Tengo entendido que la ART abona la incapacidad laboral a raiz de accidente, en ese caso quedaría muchos otros items sin abonar (ej el Daño material). saludos
cristianolimar escribió:Hola a todos, me llego un cliente por un accidente de transito (circulaba con su motocicleta cuando un auto que giraba en U lo embiste). Como regresaba de trabajar, intervino la ART, la cual ya abono luego de unas negociaciones. El tema es el siguiente, voy a comenzar el juicio contra el titular dominicial (que es quien manejaba) y contra el seguro del rodado. Mi pregunta es si la compañia de seguros no va a querer abonar argumentando que ya nos abono la ART. Tengo entendido que la ART abona la incapacidad laboral a raiz de accidente, en ese caso quedaría muchos otros items sin abonar (ej el Daño material). saludostal cual...
se reclaman los rubros no cubiertos por la art
