hola al foro. Mi consulta es la siguiente:
Mi cliente es inquilino y firmó contrato por dos años por el alquiler de una vivienda.
A seis meses de cumplirse la finalización del contrato la casa se vende y recibe una carta documento de una escribana en donde se le notifica que el comprador es fulano de tal y se cedieron los derechos y obligaciones del contrato vigente (firmado con la vendedora) y que deberá abonar el alquiler al nuevo comprador consignando nro de cuenta y demás.
Ahora bien, ¿es correcto que una escribana le notifique al inquilino de esto en nombre del comprador ? ¿no debería ser el vendedor (ya que con él se firmó el contrato) el que notifique al inquilino de esta cesión de derechos y el que firme la notificación?
¿no tiene vicios esta carta documento ? es procedente ? gracias
Mi cliente es inquilino y firmó contrato por dos años por el alquiler de una vivienda.
A seis meses de cumplirse la finalización del contrato la casa se vende y recibe una carta documento de una escribana en donde se le notifica que el comprador es fulano de tal y se cedieron los derechos y obligaciones del contrato vigente (firmado con la vendedora) y que deberá abonar el alquiler al nuevo comprador consignando nro de cuenta y demás.
Ahora bien, ¿es correcto que una escribana le notifique al inquilino de esto en nombre del comprador ? ¿no debería ser el vendedor (ya que con él se firmó el contrato) el que notifique al inquilino de esta cesión de derechos y el que firme la notificación?
¿no tiene vicios esta carta documento ? es procedente ? gracias

