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  • audiencia de posiciones en alimentos!! ayudaa

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1039556  por jovenabogada23
 
buenas como estan? tengo una audiencia el miercoles.. en un tema de alimentos.. voy por la parte demandada.. me mandaron la cedula sin haber previamente pasado por etapa previa, sino que directamente audiencia con el consejero si no se concilia se absuelve posiciones y dsp dan fecha de testimonial y etc.. mi pregunta es.. COMO SE DESARROLLA LA AUDIENCIA DE POSICIONES? YO QUE VOY POR LA PARTE DEMANDADA, PUEDO OPONERME? ENTRO CON MI CLIENTE A UNA SALA? SE HACE EN UNA OFICINA? perdon pero nunca estuve en una absolucion.. gracias
 #1039623  por MCuello
 
Te aclaro que en Alimentos no hay etapa previa, por lo menos en Pcia. de Bs. As.. Si es en Pcia. de Bs. As. es la audiencia del 636...
1ª) Hablá con tu cliente, fijate cuánto cobra, si paga alquiler, si tiene otros hijos menores con otra pareja, etc..Eso se tiene en cuenta a la hora de establecer un monto.
2º) En realidad entrás con tu cliente a la oficina del Consejero, te presentás y esperás a ver qué solicitan (si es que no te llegó la demanda junto a la cédula), si no, ahí tenés el monto que reclaman.
3º) El Consejero casi siempre les explica a las partes para qué han sido convocados (es para ver si llegan a un acuerdo respecto al monto y asi terminar el conflicto).
A veces, hacen entrar 1º a los letrados para ver si hay algún acuerdo (depende del Consejero).

Te aclaro a vos y aclaráselo a tu cliente que siempre que quiera hablar algo respecto a tomar una decisión, puede solicitar hablar a solas con vos y, en ese caso le pedís al Consejero que te conceda ese permiso y te harán salir a vos y a tu cliente afuera o harán salir a la otra parte con su letrado.
Hay que tener en cuenta la cantidad de menores por los que se reclama.
Te Pregunto: 1) Cuántos menores son? 2) Cuánto cobra el demandado?, trabaja en negro o con recibo de sueldo?.
Contestame eso y te digo como continúa.
Marisa
 #1039788  por MCuello
 
Bueno, en ese caso vas con ventaja.
La parte actora puede pedir lo que crea, el tema es poder justificarle los ingresos al alimentante.
Más allá de que tu cliente tenga otros menores actualmente a su cargo, no puede desobligarse del menor o menores que ya haya tenido. (no me dijiste por cuántos menores se reclama la deuda).
De todos modos que empiece ofreciendo algo (un monto fijo) porque no va a ser posible porcentaje ya que no trabaja en blanco.
Seguramente la otra parte te va a decir que es muy poco, que los gastos de los menores son muchos, etc etc.
Bueno, dejate un as en la manga como para ofrecer un poco más (ej: si emprezás ofreciendo 800, para llegar a 1.000). Las razones que debés exponer para dicho monto es que además tiene 2 hijos más que mantener, paga un alquiler, etc. etc. (aunque bien sabemos que eso no lo exime de su deber alimentario de su/s otro/s hijos)
La otra parte va a tener que agarrar eso o nada!!! Porque al trabajar en negro no tiene de dónde embargar, asi es que entre eso y nada, le va a convenir. Seguramente, (ahora se está haciendo...) también se puede establecer un aumento de ese monto cada 1 año, por ejemplo: un 25% más de esa cuota dentro de 1 año.
Una vez que cierres el monto, solicitá en la audiencia que se establezca un régimen de visitas y que quede ahí establecido en ese acta.
Respecto de los honorarios solicitá que sean "por su orden". Eso es que cada uno le pague a su letrado. Obviamente, como es alimento, siempre se establece que el alimentante (o sea tu cliente) pague los honorarios del otro colega, pelealo un poco y si no podés, no importa...Total, sabrá el colega que para cobrarle a tu cliente le va a costar un montón (siempre teniendo en cuenta que trabaja en negro).
Espero haber sido clara. Cualquier duda, consultá y obviamente, después de la audiencia contame cómo te fue.
Suerte.
Marisa
 #1039801  por jovenabogada23
 
Gracias por la explicacion. Yo estoy casi sgura qu no vamos a conciliarlo pq la abogada esta bastante encaprichada. Mi duda es cuando pasemos a la absolucion de posiciones. Quien las hace? La audiencista o la letrada de la actora? En que momento presento la "contestacion" de demanda??
 #1039810  por MCuello
 
Estás un poco perdida de cómo es el trámite...
No existe absolución de posiciones en Alimentos. Esa audiencia es a lo fines de acordar algo.
Yo te diría que el día de la audiencia lleves contestada la demanda, si no llega a haber acuerdo, la tenés que dejar ahí mismo...
Ahora, me parece que el Consejero, viendo que tu cliente no tiene forma de justificar ingresos, va a tratar de convencer a la otra parte que arregle por ese ofrecimiento. Porque de dónde va a embargar otro monto?? Esa es más o menos, la función del Consejero: tratar de acercar a las partes desde el sentido común.

Salvo que este Sr. tenga propiedades, vehículos a su nombre, cuentas bancarias, etc etc y no te lo haya dicho a vos..... En ese caso, seguramente la mamá de los chicos debe saber que sí tiene forma de justificar ingresos y prefiere abrir a prueba y empezar a mandar oficios a todas partes....Fijate bien...Pero si no tiene nada tu cliente, no puede la otra parte agarrar más de lo que ofrezcan. Entendés?

Suerte.
Marisa
 #1039850  por MCuello
 
Si, andá tranqui. Por las dudas llevá la contestación de la demanda. Negativas generales, negativas en particular y contás los verdaderos hechos: que el Sr. hace changas, que gana X pesos, que paga un alquiler de X pesos, que tiene 2 hijos de X edad, para todo eso acompañás copias del recibo de alquiler, de las actas de los enores que viven con él, etc.

Si no hay acuerdo, dejás la demanda y listo. En realidad, la absolución de posiciones es esa misma audiencia, y por lo que contás, no creo que no lleguen a un acuerdo, salvo que la abogada de la otra parte sea muy necia y le haga perder tiempo a su clienta, porque si no arregla algo ahí, le va a costar un montón ejecutar cualquier sentencia o alimento provisorio si no tiene de dónde...
Ahí te mandé un mensaje privado con mi núm de teléfono, cualquier cosa llamame el lunes a la tarde que estoy en el estudio.

Suerte!!
Marisa
 #1040289  por jovenabogada23
 
hola .. les cuento mi experiencia.. llegamos al juzgado.. la abogada insistia con $8000 ( un solo menor) sin forma de acreditar ingresos del demandado... cerrams y pasamos al jefe de despacho para que absuelva el demandado.. firmamos el acta y le deje la "contestacion" ahi
 #1040413  por MCuello
 
Perfecto!!!
Me alegra que te haya ido bien, ahora se abrirá a prueba, no sé si ya hay alimentos provisorios, si los han pedido, seguramente los regularán.
Suerte.
Marisa
 #1041564  por MCuello
 
Si, debés acompañar a cada testigo. Generalmente las preguntas rondan sobre el mismo tema y se las hacés vos al testigo en presencia del Secretario. Llevate una listita de 5 o 6 preguntas que te interesen que queden asentadas las respuestas y a cada testigo les hacés las mismas.
Suerte.
Marisa