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 #1039980  por antozeta5
 
Buenas tardes colegas, mi duda es la siguiente:
Soy abogada de la parte actora y el juez hoy proceyo mi contestación al traslado de contestación de la demandada. dice "Tiénese por constestado el traslado ut supra conferido en tiempo y forma".
No debería el juez en virtud del art. 487 ABRIR A PRUEBA Y LLAMAR A AUDIENCIA PARA ABSOLVER POSICIONES? O SOY YO LA QUE DEBE PEDIR AL VS QUE EN VIRTUD DEL ESTADO DE AUTOS DECLARE LA A PERTURA A PRUEBA Y LLAME A AUDIENCIA... porque tampoco me mandó a notificar de mi contestación, sólo proveyó un agreguese. Aguardo sus respuestas
"487. Contingencias posteriores. Contestada la demanda o la reconvención, vencido el plazo para hacerlo o desestimadas en su caso las excepciones previas, no habiendo hechos controvertidos, el juez declarará la cuestión de puro derecho, y una vez ejecutoriada ésta resolución, dictará sentencia. Si hubiere hechos controvertidos, el juez acordará el plazo que estimare necesario para la producción de la prueba, fijando la audiencia en que tendrán lugar la absolución de posiciones, testimonial y, eventualmente, las explicaciones que deban dar los peritos. Respecto de la prueba testimonial regirá lo dispuesto en el artículo 429, párrafo segundo. Asimismo, ordenará los oficios que hayan sido solicitados por las partes. (C.P.C.C.N., art. 489: remite al art. 431 y al art. 494, se agregan otros párrafos.]
 #1040008  por andresxeneizes
 
entiendo que primero aun cuando no corra traslado por nada, deberia tener por contestada la demanda y firme esa providencia (porque la otra parte podria pedir la revocatoria por ejemplo por no estar contestada en tiempo o podria oponerse a alguna prueba), si podrian pedir la apertura a prueba.

si vas por la demandada, salvo que tengas trabada una cautelar, no veo cual seria el apuro en esto, deja que lo haga la actora
 #1040009  por antozeta5
 
Perdón por querer resumir y omitir algunos detalles importantes, pero el juez tuvo por contestada la demanda en tiempo y forma. yo me notifique mediante el retiro de copias, contesté la misma y el juez lo tuvo por contestado en tiempo y forma. Dberiía pedir la apertura? muchas gracias por responder