Consulta. En base al 208 lct si mal no recuerdo. Cuando habla del pago por enfermedades inculpables. Dice 6 meses por mas de 5 años de trabajo y de 6 meses pasa a 1 año si esa persona tiene cargas familiares o algo asi. Puntualmente a q se refiere? A si tiene hijos que mantener o a q??? Ese despido ademas opera en forma inmediata o hay que hacer alguna notificacion??
Dr. Diego G. Villamayor
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"
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