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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1041072  por liliana1
 
Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.-
 #1041116  por ecar
 
hola buen dia. A LA LIQUIDACION LEY 24476 QUE NO TE DA DEUDA, LE FALTA UN PASO. generar 1 mes de deuda, . AMPLIA EN SICAM II, EL MES 12/1974 CAT A. ASI LO PODES ENVIAR. no vas a tener ningun problema. saludos
 #1041170  por Emma2011
 
ecar escribió:hola buen dia. A LA LIQUIDACION LEY 24476 QUE NO TE DA DEUDA, LE FALTA UN PASO. generar 1 mes de deuda, . AMPLIA EN SICAM II, EL MES 12/1974 CAT A. ASI LO PODES ENVIAR. no vas a tener ningun problema. saludos
liliana1 escribió:Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.-
A ver: hasta cuando tiene actividad? si es hasta ahora solo le podras cambiar categoria hasta el 9/93
Dentro de ese período podrias dejar el mes en que se inscribio en la categ.000 (ese mes o dos o tres meses mas) así tiene algo de deuda... y luego cambiarla por la que quieras, siempre liquidando por la 24476 y optando por NO la moratoria 529, eso haría yo...probá y comentanos.
 #1041228  por ecar
 
Emma2011 escribió:
ecar escribió:hola buen dia. A LA LIQUIDACION LEY 24476 QUE NO TE DA DEUDA, LE FALTA UN PASO. generar 1 mes de deuda, . AMPLIA EN SICAM II, EL MES 12/1974 CAT A. ASI LO PODES ENVIAR. no vas a tener ningun problema. saludos
liliana1 escribió:Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.-
A ver: hasta cuando tiene actividad? si es hasta ahora solo le podras cambiar categoria hasta el 9/93
Dentro de ese período podrias dejar el mes en que se inscribio en la categ.000 (ese mes o dos o tres meses mas) así tiene algo de deuda... y luego cambiarla por la que quieras, siempre liquidando por la 24476 y optando por NO la moratoria 529, eso haría yo...probá y comentanos.
hola, buenas tardes. se aplica la CIRCULAR GP N 37/11 ampliacion de periodos sicam II. reemplaza a la CIRCULAR N 18/11.
1) obligatoria ampliar en sicam II, cuando se opto por resolucion 592/79, y se amplia por un periodo anterior a la fecha de inicio de acividad.
2) sino opta por aplicar la resolucion 592/79, no habria inconvenientes en ampliar en sicam II.
en este caso planteado, se liquida en sicam I, ley 24476, sin deuda
se amplia en sicam II, el periodo 12/1974 cat A. y genera el saldo deudor, para poder hacer el envio. es mas simple. saludos
 #1041249  por Emma2011
 
ecar escribió:
Emma2011 escribió:
ecar escribió:hola buen dia. A LA LIQUIDACION LEY 24476 QUE NO TE DA DEUDA, LE FALTA UN PASO. generar 1 mes de deuda, . AMPLIA EN SICAM II, EL MES 12/1974 CAT A. ASI LO PODES ENVIAR. no vas a tener ningun problema. saludos
liliana1 escribió:Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.-
A ver: hasta cuando tiene actividad? si es hasta ahora solo le podras cambiar categoria hasta el 9/93
Dentro de ese período podrias dejar el mes en que se inscribio en la categ.000 (ese mes o dos o tres meses mas) así tiene algo de deuda... y luego cambiarla por la que quieras, siempre liquidando por la 24476 y optando por NO la moratoria 529, eso haría yo...probá y comentanos.
hola, buenas tardes. se aplica la CIRCULAR GP N 37/11 ampliacion de periodos sicam II. reemplaza a la CIRCULAR N 18/11.
1) obligatoria ampliar en sicam II, cuando se opto por resolucion 592/79, y se amplia por un periodo anterior a la fecha de inicio de acividad.
2) sino opta por aplicar la resolucion 592/79, no habria inconvenientes en ampliar en sicam II.
en este caso planteado, se liquida en sicam I, ley 24476, sin deuda
se amplia en sicam II, el periodo 12/1974 cat A. y genera el saldo deudor, para poder hacer el envio. es mas simple. saludos
Obligatoriamente si quiere cambiar de categoria tiene que optar por "NO" si tenia moratoria 592/79
 #1041251  por ecar
 
hola, buenas tardes. en el caso planteado, es que tiene liquidacion ley 24476, sin deuda y la quiere enviar. de acuerdo a la
CIRCULAR GP 37/11, puede ampliar en sicam II, ( 12/1974 CAT A) y genera el saldo deudor necesario para hacer el envio. Es una manera sencilla de liquidar el caso planteado, y no estar probando cambio de categorias, en sicam I, para generar deuda. saludos
 #1041255  por Emma2011
 
ecar escribió:hola, buenas tardes. en el caso planteado, es que tiene liquidacion ley 24476, sin deuda y la quiere enviar. de acuerdo a la
CIRCULAR GP 37/11, puede ampliar en sicam II, ( 12/1974 CAT A) y genera el saldo deudor necesario para hacer el envio. Es una manera sencilla de liquidar el caso planteado, y no estar probando cambio de categorias, en sicam I, para generar deuda. saludos
Hola ecar, me parece que no interpretaste bien el caso planteado: SI tiene deuda, porque estaba en la categoria 000, cuando la cambia, es cuando no le arroja deuda...
Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.
 #1041261  por ecar
 
liliana1 escribió:Buenos días a todos, tengo la siguiente duda, una persona que tiene desde el año 75 en adelante categ.000.- En distintos intentos de liquidaciones d sicam me da el periodo anterior al 93 con deuda., ya sea con 529/92 o no.- - cuando le cambio la categoría y le pongo una chica, me aparece deuda cero. la pregunta es si uso la 24.476 tengo que pagar aunque sea un mes, puedo para que me de deuda cambiarle la categ. a todo el periodo y dejar un mes con 000, como para que arroje deuda ?? pues si aplico 24241, no llega a los 30 sin deuda.-Y si aplico la 24476 tiene que arrojarle algo de deuda aunque sea un mes????? Desde ya muchísimas gracias.-
hola emma, sino entiendo mal, se liquido en sicam I, ley 24476, ( cambiando de categoria, no puede optar por la 592/79) y no genera deuda para poder enviar el plan. Me parece que la manera mas sencilla de generar deuda es , ampliando en sicam II, el mes 12/1974 cat A. La alternativa que planteas que vaya cambiando en sicam I, categorias mayores al inicio, hasta generar deuda, es correcto. saludos.
 #1041378  por liliana1
 
Hola, desde ya agradezco la colaboración de Uds, para aclarar bien el tema que se me hizo una laguna. NO ME DA DEUDA EN EL CASO PLANTEADO CAMBIANDO LA CATEGORIA ES DECIR SI LIQUIDO CON 000 PONINDO LEY 24.241 ME DA DEUDA TANTO CON OPCION592 COMO SIN OPCION, y no llego a losa 30 años. ENTONCES PARA CAMBIAR CATEGORIA LIQUIDE EN 24.476 Y ME DA EN DICHO PERIODO HASTA EL 93 DEUDA CERO, ENTONCES POR LO QUE ME DICEN SERIA CORRECTO 1) No usar LA OPCION 592, 2) PONER CATEG. A DEL 75 EN ADELANTE DONDE TIENE LA INSCRIPCION 3) PONER 12/1974 CON CATEG. A , lLO PONER EN SICAM 1 TAMBIEN POR QUE NO USO LA 592 VERDAD?? Y AHI ME ARROJARIA DEUDA Y QUEDARIA SOLUCIONADO??? DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS POR LA AYUDA.-
 #1041421  por ecar
 
liliana1 escribió:Hola, desde ya agradezco la colaboración de Uds, para aclarar bien el tema que se me hizo una laguna. NO ME DA DEUDA EN EL CASO PLANTEADO CAMBIANDO LA CATEGORIA ES DECIR SI LIQUIDO CON 000 PONINDO LEY 24.241 ME DA DEUDA TANTO CON OPCION592 COMO SIN OPCION, y no llego a losa 30 años. ENTONCES PARA CAMBIAR CATEGORIA LIQUIDE EN 24.476 Y ME DA EN DICHO PERIODO HASTA EL 93 DEUDA CERO, ENTONCES POR LO QUE ME DICEN SERIA CORRECTO 1) No usar LA OPCION 592, 2) PONER CATEG. A DEL 75 EN ADELANTE DONDE TIENE LA INSCRIPCION 3) PONER 12/1974 CON CATEG. A , lLO PONER EN SICAM 1 TAMBIEN POR QUE NO USO LA 592 VERDAD?? Y AHI ME ARROJARIA DEUDA Y QUEDARIA SOLUCIONADO??? DESDE YA MUCHISIMAS GRACIAS POR LA AYUDA.-
hola, buenas noches. cuando se aplica ley 24476, y cambias categorias, no podes usar la 592/79. 1)liquida en SICAM I , como lo planteas, para llegar a los 30 sin deuda ( no podes enviar el plan ). 2)AMPLIA EN SICAM II EL MES 12/74 CAT A Y GENERAS EL SALDO DEUDOR PARA PODER ENVIAR EL PLAN.