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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1041438  por adrianne
 
Hola como estan? Quería consultar lo siguiente la verdad nunca me pasó. En un juicio de alimentos voy x el demandado quien vino al estudio después del plazo para contestar demanda. Es decir quedó sin contestar. Llamaron a la audiencia art 36 y no se llegó a un acuerdo. Pidieron q se citen a los testigos. Tomo la fecha y resulta q piden se adelante esa fecha . Nunca nos notificaron por lo q no concurrimos . Esto es así??? Al no contestar demanda no puedo ofrecer prueba no es cierto? Gracias Adri *flor*
 #1041638  por joseluis1107
 
Adrian, no pueden notificarte este tipo de providencias si no te presentaste y constituiste domicilio. De todos modos, 2 cosas tené en cuenta, 1° No se que prueba querías ofrecer, pero en el juicio de alimentos es acotada la que permiten, 2° en esta materia nada es definitivo y siempre hay una posibilidad de modificar situaciones injustas, si es que este es el caso.