Hola como estan? Quería consultar lo siguiente la verdad nunca me pasó. En un juicio de alimentos voy x el demandado quien vino al estudio después del plazo para contestar demanda. Es decir quedó sin contestar. Llamaron a la audiencia art 36 y no se llegó a un acuerdo. Pidieron q se citen a los testigos. Tomo la fecha y resulta q piden se adelante esa fecha . Nunca nos notificaron por lo q no concurrimos . Esto es así??? Al no contestar demanda no puedo ofrecer prueba no es cierto? Gracias Adri 
