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  • Apropiación indebida

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 #1041879  por enzoac
 
Buenas noches.

Tengo un problema con un matrimonio de clientes. Ellos pidieron prestada una casa a la hermana del marido, pero se quedaron a vivir ahí desde hace 5 meses. Ahora la mujer les reclama le retornen la casa, por la vía de una denuncia de apropiación indebida (a mi modesto entender, es por el 175.2 del Código Penal). No pude ver la IPP porque me tiene que autorizar el Ayudante Fiscal.

Resulta que esta señora que reclama no es la dueña del inmueble, sino que lo tenía a título precario. De larga data, sí, pero sin intentar adquirir por usucapión ni nada por el estilo. No tiene derecho alguno sobre el inmueble, en otras palabras.

Además, les vendió el terreno de al lado -que tampoco es suyo- y ellos pagaron una parte de lo que les pidió (7 mil pesos) e hicieron gastos de construcción por cerca de 20 mil pesos sobre el mismo. Ellos no sabían que ella actuaba de mala fe, esto es, son poseedores de buena fe. Hay pocas pruebas al respecto, algunos recibos firmados por la mujer denunciante. Sobre que ella no es la propietaria, certificados de Rentas y planchetas catastrales (una de las dos desapareció misteriosamente).

Ahora nos van a convocar a mediación penal, mi clienta ya firmó la comunicación del art. 60 del CPPBA y aceptó la mediación en la Comisaría distrital, con la IPP a la vista -no la pude ver-.

La pregunta es: ¿me conviene negar todo? ¿Si no es así, corro riesgo de que prospere la apropiación indebida, aunque no haya error ni caso fortuito?

Muchas gracias.
 #1041941  por Bracoo
 
Le sugiero derivar el asunto a un colega que se dedique al derecho penal, o las escasas posibilidades de la denunciante se van a multiplicar.

No puedo evitar preguntarle lo de la buena fe, para que tenga una respuesta apropiada durante la audiencia. Cómo es eso de que compra un lote al precio de una play station (que nunca termina de pagar), le prestan otro y se adueña de él, todas las operaciones las documenta en servilletas sin interesarse en los antecedentes dominiales y asegura que son poseedores de buena fe?

Es mas, dice que: "ellos no sabían que ella actuaba de mala fe, esto es, son poseedores de buena fe".

¿La buena fe es consecuencia de que ignoren que ella actúa de mala fe?

¿Y la mala fe de ella está en confiar en su hermano o en venderle algo a un precio que evidencia que no es propietaria?

Huele a típico caso de sabandijas usurpadores que no se la bancan, no se case con la asegurada buena fe sentimentalista, porque no va a derivar en una defensa eficaz.

Saludos
 #1041959  por enzoac
 
La denunciante les dio en comodato el lote donde viven actualmente porque es la hermana del marido de mi clienta, que es uno de los denunciados. La compra se hizo por 30 mil pesos, pero -cuando me vino a ver- le indiqué que deje de pagarlo, por eso sólo lo hizo hasta los 7 mil pesos.

Evidentemente tuvieron confianza en su hermana/cuñada. Ellos no sabían que ella no era la dueña, por eso le compraron creyendo que era lo correcto y por eso actuaron de buena fe. Ella, a su vez, actuó de mala fe. Sin que sea necesaria interdependencia de buena y mala fe, sólo que en el caso ambas se presentaron.

Me parece que la mala fe de la denunciante se evidencia al actuar de manera de aprovecharse de la contraparte. Además, no puede reclamar por apropiación indebida porque nunca tuvo un derecho real sobre las cosas, sólo usurpó pero no tiene declaración judicial de usucapión.

Me parece que esta denuncia es humo puro. Lamentablemente, mi especialización no es Penal, pero no hay nadie en la comunidad que haga Penal, así que para estas menudencias nos arreglamos los propios abogados de acá.
 #1042000  por enzoac
 
A otro abogado? No conozco penalistas ni tengo a nadie de confianza en esta rama.

Mi hipótesis de máxima es que se retorne lo pagado por el terreno y por la edificación hecha a medias, la de mínima es que se devuelva lo pagado por el terreno (no lo edificado) y se renuncien a todos los reclamos de ahora en adelante por la otra parcela -para colmo, la reclama otra gente, el titular registral murió hace décadas, todo un tema-.

Civilmente, de no ser procedente la indemnización específica, procedería el enriquecimiento sin causa, al menos por lo pagado por el terreno. Penalmente, no tengo en claro cómo solicitar esto, pero me las arreglaré.

La intención era solicitar alguna colaboración por intermedio de este foro. Ojalá sea posible hallarla.

Muchas gracias.
 #1042026  por Bracoo
 
enzoac escribió: Me parece que la mala fe de la denunciante se evidencia al actuar de manera de aprovecharse de la contraparte. Además, no puede reclamar por apropiación indebida porque nunca tuvo un derecho real sobre las cosas, sólo usurpó pero no tiene declaración judicial de usucapión.

Me parece que esta denuncia es humo.
Tal vez enfoquemos el problema desde distintos ángulos, por lo que me cuesta entender si su posición se apoya en los comentarios nerviosos de sus clientes, o en pura intuición.

En cualquiera de ambos casos realmente me preocupa por la suerte que corre el denunciado, si es que denunciante se asesora con alguien idóneo o la causa llega a manos de un operador serio.

En todo caso intente representarse que el único usurpador es su cliente, que el artículo que usted cree aplicable no tiene relación con el caso, que la mala fe es obviamente del sabandija que lo consulta, que no hace falta ser titular de derecho real alguno para hacer que a su cliente lo saquen a la calle tatuado de suela de borceguí y que la denuncia no parece humo, aunque ha de humear su oficina si le garantiza un resultado a esa gente.

Saludos.
 #1042029  por Bracoo
 
Por eso insisto: derive el caso a un abogado que haga penal, o déjelo al defensor oficial.

Saludos.
 #1042035  por enzoac
 
Bracoo escribió:
enzoac escribió: Me parece que la mala fe de la denunciante se evidencia al actuar de manera de aprovecharse de la contraparte. Además, no puede reclamar por apropiación indebida porque nunca tuvo un derecho real sobre las cosas, sólo usurpó pero no tiene declaración judicial de usucapión.

Me parece que esta denuncia es humo.
Tal vez enfoquemos el problema desde distintos ángulos, por lo que me cuesta entender si su posición se apoya en los comentarios nerviosos de sus clientes, o en pura intuición.

En cualquiera de ambos casos realmente me preocupa por la suerte que corre el denunciado, si es que denunciante se asesora con alguien idóneo o la causa llega a manos de un operador serio.

En todo caso intente representarse que el único usurpador es su cliente, que el artículo que usted cree aplicable no tiene relación con el caso, que la mala fe es obviamente del sabandija que lo consulta, que no hace falta ser titular de derecho real alguno para hacer que a su cliente lo saquen a la calle tatuado de suela de borceguí y que la denuncia no parece humo, aunque ha de humear su oficina si le garantiza un resultado a esa gente.

Saludos.
La IPP está caratulada como "Apropiación indebida". Qué mejor que remitirse a los cargos asumidos por el Fiscal.

Saludos.
 #1042040  por enzoac
 
tiempodvenganza escribió::roll: :roll: :roll: :roll: :roll: ....que bárbaro .....esto es culpa del guaifay, el blutú, la interné, los libros digitales... que se yo.... :roll: :roll:
*cafe*
No hago Penal, colega. Ahora bien, si necesita alguna colaboración respecto de otra rama del Derecho, sí le ofrezco mi mayor predisposición para ayudarlo.

Saludos, que siga bien.
 #1089686  por enzoac
 
Bracoo, ya desalojamos, nos quedamos con el otro inmueble y esperaremos a que se cumplan los 20 años. La otra mujer va a iniciar la usucapión del terreno en el que se hallaba el hogar que fuera desalojado, renunciando al edificado por mis clientes.

Te mando un abrazo desde mi humeante estudio.