Buenas noches.
Tengo un problema con un matrimonio de clientes. Ellos pidieron prestada una casa a la hermana del marido, pero se quedaron a vivir ahí desde hace 5 meses. Ahora la mujer les reclama le retornen la casa, por la vía de una denuncia de apropiación indebida (a mi modesto entender, es por el 175.2 del Código Penal). No pude ver la IPP porque me tiene que autorizar el Ayudante Fiscal.
Resulta que esta señora que reclama no es la dueña del inmueble, sino que lo tenía a título precario. De larga data, sí, pero sin intentar adquirir por usucapión ni nada por el estilo. No tiene derecho alguno sobre el inmueble, en otras palabras.
Además, les vendió el terreno de al lado -que tampoco es suyo- y ellos pagaron una parte de lo que les pidió (7 mil pesos) e hicieron gastos de construcción por cerca de 20 mil pesos sobre el mismo. Ellos no sabían que ella actuaba de mala fe, esto es, son poseedores de buena fe. Hay pocas pruebas al respecto, algunos recibos firmados por la mujer denunciante. Sobre que ella no es la propietaria, certificados de Rentas y planchetas catastrales (una de las dos desapareció misteriosamente).
Ahora nos van a convocar a mediación penal, mi clienta ya firmó la comunicación del art. 60 del CPPBA y aceptó la mediación en la Comisaría distrital, con la IPP a la vista -no la pude ver-.
La pregunta es: ¿me conviene negar todo? ¿Si no es así, corro riesgo de que prospere la apropiación indebida, aunque no haya error ni caso fortuito?
Muchas gracias.
Tengo un problema con un matrimonio de clientes. Ellos pidieron prestada una casa a la hermana del marido, pero se quedaron a vivir ahí desde hace 5 meses. Ahora la mujer les reclama le retornen la casa, por la vía de una denuncia de apropiación indebida (a mi modesto entender, es por el 175.2 del Código Penal). No pude ver la IPP porque me tiene que autorizar el Ayudante Fiscal.
Resulta que esta señora que reclama no es la dueña del inmueble, sino que lo tenía a título precario. De larga data, sí, pero sin intentar adquirir por usucapión ni nada por el estilo. No tiene derecho alguno sobre el inmueble, en otras palabras.
Además, les vendió el terreno de al lado -que tampoco es suyo- y ellos pagaron una parte de lo que les pidió (7 mil pesos) e hicieron gastos de construcción por cerca de 20 mil pesos sobre el mismo. Ellos no sabían que ella actuaba de mala fe, esto es, son poseedores de buena fe. Hay pocas pruebas al respecto, algunos recibos firmados por la mujer denunciante. Sobre que ella no es la propietaria, certificados de Rentas y planchetas catastrales (una de las dos desapareció misteriosamente).
Ahora nos van a convocar a mediación penal, mi clienta ya firmó la comunicación del art. 60 del CPPBA y aceptó la mediación en la Comisaría distrital, con la IPP a la vista -no la pude ver-.
La pregunta es: ¿me conviene negar todo? ¿Si no es así, corro riesgo de que prospere la apropiación indebida, aunque no haya error ni caso fortuito?
Muchas gracias.