Hola colegas quería consultarles que opinan respecto de un accidente ocurrido en un establecimiento rural, donde un caballo de propiedad del dueño, patea a un peón mientras junto con otros operarios intentaban vacunarlo...
El animal es el que produjo el daño, ...entonces estaba pensando que ocurriría si reclamo reparación integral, teniendo en cuenta que la patada fue en el rostros...asi que se imaginan como quedo..., esto a la luz del 1113, y 1124 y subsiguientes..., en este caso supongo que no se trata de un animal feroz, aunque quiza se podria plantear al respecto que se trataba de un potrillo (10 mese de edad) que aun no estaba domesticado...aunque si seria domesticable...al menos en principio...
Bien a lo que voy...es a hecho de probar la culpa del dueño o guardián es asi? debo acreditar la subjetividad, porque según el 1113, se exoneraría de responsabilidad probando que de su parte no hubo culpa..., aclaro que el lugar del hecho es a campo abierto, sin corrales ni lugar apropiado para trabajar con estos animales...habían personas presentes...asi que estoy analizando los testigos que puedo tener...
Por otro lado podre plantear subsidiariamente que le paguen la reparación sistemica que prevé la ley de riesgos? Respecto a esta cuestión, rechace oportunamente el pago a través de renta vitalicia que propuso la ART, se trata de una incapacidad laboral permanente definitiva de 65%; que logramos luego de distintas apelaciones en comisiones medicas...
Les agradezco cualquier aporte que puedan hacerme al respecto...
El animal es el que produjo el daño, ...entonces estaba pensando que ocurriría si reclamo reparación integral, teniendo en cuenta que la patada fue en el rostros...asi que se imaginan como quedo..., esto a la luz del 1113, y 1124 y subsiguientes..., en este caso supongo que no se trata de un animal feroz, aunque quiza se podria plantear al respecto que se trataba de un potrillo (10 mese de edad) que aun no estaba domesticado...aunque si seria domesticable...al menos en principio...
Bien a lo que voy...es a hecho de probar la culpa del dueño o guardián es asi? debo acreditar la subjetividad, porque según el 1113, se exoneraría de responsabilidad probando que de su parte no hubo culpa..., aclaro que el lugar del hecho es a campo abierto, sin corrales ni lugar apropiado para trabajar con estos animales...habían personas presentes...asi que estoy analizando los testigos que puedo tener...
Por otro lado podre plantear subsidiariamente que le paguen la reparación sistemica que prevé la ley de riesgos? Respecto a esta cuestión, rechace oportunamente el pago a través de renta vitalicia que propuso la ART, se trata de una incapacidad laboral permanente definitiva de 65%; que logramos luego de distintas apelaciones en comisiones medicas...
Les agradezco cualquier aporte que puedan hacerme al respecto...