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 #1042363  por analialob
 
Un cliente me consulta pues tiene en posesión una propiedad adquirida por boleto por su padre en el año 1987 en la que el construyo una vivienda, el adquirente fallece en el año 1990 y desde entonces mi cliente poseyó, utilizo como vivienda y desde hace 18 años tubo diversos inquilinos. Hace unos días se presenta en carácter de dueño una persona que dice que adquirió por tracto abreviado en un sucesorio en el que no prueban la pertenencia del inmueble respecto al causante (no hay correspondencia registral) y le reclaman al inquilino actual sobre su permanencia en la casa, a que título, amenazan con acciones por usurpación etc.
Sinceramente no logro definir la vía a seguir, entre tercería posesoria o mejor derecho, incluso si en el caso aplica la turbación de la posesión, es en pcia de Bs As., o sencillamente presentarme con la documentación probatoria de la posesion en el sucesorio en cuestión.
 #1042409  por andresxeneizes
 
terceria hasta donde yo se hay de dominio y de mejor derecho, en este caso creo que es esta ultima la que habria que plantear.
la usucapion quizas la veo mas dificil, porque si los otros ya iniciaron una accion de desalojo, desde mi punto de vista con eso te cortaron el plazo para usucapir (aclaro desde mi punto de vista porque hay otra opinion que opinan que aun con el desalojo iniciado no se corta el plazo para usucapir)
 #1042466  por analialob
 
Un cliente me consulta pues tiene en posesión una propiedad adquirida por boleto por su padre en el año 1987 en la que el construyo una vivienda, el adquirente fallece en el año 1990 y desde entonces mi cliente poseyó, utilizo como vivienda y desde hace 18 años tubo diversos inquilinos. Hace unos días se presenta en carácter de dueño una persona que dice que adquirió por tracto abreviado en un sucesorio en el que no prueban la pertenencia del inmueble respecto al causante (no hay correspondencia registral) y le reclaman al inquilino actual sobre su permanencia en la casa, a que título, amenazan con acciones por usurpación etc.
Sinceramente no logro definir la vía a seguir, entre tercería posesoria o mejor derecho, incluso si en el caso aplica la turbación de la posesión, es en pcia de Bs As., o sencillamente presentarme con la documentación probatoria de la posesion en el sucesorio en cuestión.