Un cliente me consulta pues tiene en posesión una propiedad adquirida por boleto por su padre en el año 1987 en la que el construyo una vivienda, el adquirente fallece en el año 1990 y desde entonces mi cliente poseyó, utilizo como vivienda y desde hace 18 años tubo diversos inquilinos. Hace unos días se presenta en carácter de dueño una persona que dice que adquirió por tracto abreviado en un sucesorio en el que no prueban la pertenencia del inmueble respecto al causante (no hay correspondencia registral) y le reclaman al inquilino actual sobre su permanencia en la casa, a que título, amenazan con acciones por usurpación etc.
Sinceramente no logro definir la vía a seguir, entre tercería posesoria o mejor derecho, incluso si en el caso aplica la turbación de la posesión, es en pcia de Bs As., o sencillamente presentarme con la documentación probatoria de la posesion en el sucesorio en cuestión.
Sinceramente no logro definir la vía a seguir, entre tercería posesoria o mejor derecho, incluso si en el caso aplica la turbación de la posesión, es en pcia de Bs As., o sencillamente presentarme con la documentación probatoria de la posesion en el sucesorio en cuestión.
