Hola a todos los colegas, hago esta consulta a ver si me pueden decir si estoy equivocado o no, pongo el caso que me llego:
1-Un inmueble en CABA, el cual estaba 50% a nombre de marido y mujer, fallece primero el marido, se hace sucesión y son declarados herederos mujer e hijos, la parte correspondiente al causante no se inscribe.
2- Fallece con posterioridad esposa (el exp esta en el mismo juzgado que el del marido premuerto), son declarados herederos los hijos, hacen partición de herencia, que ya presente en el exp de la madre y a una (mi cliente) le toca el depto.
MI CONSULTA: la hija quiere inscribir el depto. con lo cual tengo un 50% del bien en cada sucesión.
Opción 1: presentar los informes, pagar tasa de justica etc. y hacer un testimonio en cada sucesión e inscribirlo por separado.
Opción 2: Al haber identidad de bien y personas puedo hacerlo todo desde la sucesión de la madre que falleció después, presentando en el exp del marido la declaratoria de la mujer y solicitar tramitar todo desde el de la madre.
Creo yo que debo hacerlo como digo en la primera opción, pero la pregunta viene a fin de evitarle gastos repetitivos a mi cliente, trate de buscar pero no encontré claramente la segunda opción, por eso recurro a gente de mas experiencia que yo a ver que les parece. Un saludo
Gracias!
1-Un inmueble en CABA, el cual estaba 50% a nombre de marido y mujer, fallece primero el marido, se hace sucesión y son declarados herederos mujer e hijos, la parte correspondiente al causante no se inscribe.
2- Fallece con posterioridad esposa (el exp esta en el mismo juzgado que el del marido premuerto), son declarados herederos los hijos, hacen partición de herencia, que ya presente en el exp de la madre y a una (mi cliente) le toca el depto.
MI CONSULTA: la hija quiere inscribir el depto. con lo cual tengo un 50% del bien en cada sucesión.
Opción 1: presentar los informes, pagar tasa de justica etc. y hacer un testimonio en cada sucesión e inscribirlo por separado.
Opción 2: Al haber identidad de bien y personas puedo hacerlo todo desde la sucesión de la madre que falleció después, presentando en el exp del marido la declaratoria de la mujer y solicitar tramitar todo desde el de la madre.
Creo yo que debo hacerlo como digo en la primera opción, pero la pregunta viene a fin de evitarle gastos repetitivos a mi cliente, trate de buscar pero no encontré claramente la segunda opción, por eso recurro a gente de mas experiencia que yo a ver que les parece. Un saludo
Gracias!

