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  • Revocaciòn patrocinio. Demanda ya presentada.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1043230  por jgimenez58
 
Estimados, un cliente me revocó el `` patrocinio ´´ en un caso de daños y perjuicios. Yo concurrí a la audiencia de mediación y realicé el escrito de demanda, el beneficio de litigar sin gastos, además de redactar cartas documento, asì como revisar el expediente penal y demás diligencias preliminares. Habíamos celebrado un pacto de cuota litis por el 20 % del monto líquido a percibir. Además de esto yo pagué costos de mediación y de médico legista.
Por eso mi duda actual es si me conviene esperar a que haya algún tipo de resolución en el expediente o lo intimo a abonar mis honorarios por los trabajos realizados mas los gastos. En caso de optar por la segunda opción como estipulo el costo de mis honorarios? ¿ cómo quedaría el pacto de cuota litis?
Les agradezco mucho su atenciòn, espero sus consejos.
 #1043320  por dramcr
 
Hola, si aún no sabes cuanto será el monto a percibir, y más aún si va a cobrar, es lógico que tendrás que esperar para ejecutar el pacto de cuota litis, lee lo que escribiste en el pacto ahí debe estar previsto seguramente, saludos