Estimados, un cliente me revocó el `` patrocinio ´´ en un caso de daños y perjuicios. Yo concurrí a la audiencia de mediación y realicé el escrito de demanda, el beneficio de litigar sin gastos, además de redactar cartas documento, asì como revisar el expediente penal y demás diligencias preliminares. Habíamos celebrado un pacto de cuota litis por el 20 % del monto líquido a percibir. Además de esto yo pagué costos de mediación y de médico legista.
Por eso mi duda actual es si me conviene esperar a que haya algún tipo de resolución en el expediente o lo intimo a abonar mis honorarios por los trabajos realizados mas los gastos. En caso de optar por la segunda opción como estipulo el costo de mis honorarios? ¿ cómo quedaría el pacto de cuota litis?
Les agradezco mucho su atenciòn, espero sus consejos.
Por eso mi duda actual es si me conviene esperar a que haya algún tipo de resolución en el expediente o lo intimo a abonar mis honorarios por los trabajos realizados mas los gastos. En caso de optar por la segunda opción como estipulo el costo de mis honorarios? ¿ cómo quedaría el pacto de cuota litis?
Les agradezco mucho su atenciòn, espero sus consejos.