y ...
4) ... Artículo 852.- Recursos. En lo pertinente, rige lo dispuesto en el Libro I, Título IV, Capítulo IV, Sección I, sobre el recurso de deposición. La resolución que recaiga hará ejecutoria a menos que el recurso sea acompañado del de reconsideración subsidiaria y la impugnada reuniese las condiciones establecidas en el último apartado.
Fuera del pedido de aclaratoria, contra la sentencia definitiva sólo procederán, en su caso, los recursos extraordinarios previstos en la Constitución y en este Código para ante la Suprema Corte de Justicia.
LEY 11453. Texto actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 12.318.
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 11453.html
4) ... Artículo 852.- Recursos. En lo pertinente, rige lo dispuesto en el Libro I, Título IV, Capítulo IV, Sección I, sobre el recurso de deposición. La resolución que recaiga hará ejecutoria a menos que el recurso sea acompañado del de reconsideración subsidiaria y la impugnada reuniese las condiciones establecidas en el último apartado.
Fuera del pedido de aclaratoria, contra la sentencia definitiva sólo procederán, en su caso, los recursos extraordinarios previstos en la Constitución y en este Código para ante la Suprema Corte de Justicia.
LEY 11453. Texto actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 12.318.
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 11453.html

