Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Mi primer sucesion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1043607  por FernandoC88
 
Hola foristas, estoy por iniciar mi primer sucesión en la provincia de bs as y cuando pensé que tenia todo claro me di cuenta que no sabia para que lado arrancar, la cuestion es la siguiente: mi cliente es 1 de 3 hermanos y la madre y el padre están difuntos, el acervo consta de 1 propiedad inmueble y una mueble (camioneta), mi cliente solo quiere inscribir la camioneta a su nombre y nada mas, porque la está haciendo arreglar y la verdad que no vale mucho, es una camioneta tipo jeep muy vieja.
Ahora mi duda es la siguiente: Puedo iniciar la sucesión con 1 solo de los herederos y poner el bien mueble a su nombre? o tengo que iniciarla en nombre de los 3? si se puede hacer con 1 solo, tengo que pedir la cesion de derechos hereditarios sobre ese bien mueble de los otros 2 o lo puedo hacer inscribir directamente?
La verdad que debe ser algo bastante sencillo pero es mi primer sucesorio, gracias!
 #1043672  por abogado1987
 
FernandoC88 escribió:Hola foristas, estoy por iniciar mi primer sucesión en la provincia de bs as y cuando pensé que tenia todo claro me di cuenta que no sabia para que lado arrancar, la cuestion es la siguiente: mi cliente es 1 de 3 hermanos y la madre y el padre están difuntos, el acervo consta de 1 propiedad inmueble y una mueble (camioneta), mi cliente solo quiere inscribir la camioneta a su nombre y nada mas, porque la está haciendo arreglar y la verdad que no vale mucho, es una camioneta tipo jeep muy vieja.
Ahora mi duda es la siguiente: Puedo iniciar la sucesión con 1 solo de los herederos ...

podés iniciar la sucesión pero ...
ARTÍCULO 724°: (Texto Ley 11.511) REQUISITOS DE LA INICIACIÓN. Quien solicitare la apertura del proceso sucesorio, deberá justificar, “prima facie”, su carácter de parte legítima y acompañar la partida de defunción del causante, denunciando el nombre y domicilio de los herederos ó representantes legales conocidos.

Si el causante hubiere hecho testamento y el solicitante conociere su existencia, deberá presentarlo, cuando estuviese en su poder, ó indicar el lugar donde se encontrare, si lo supiere.

En todos los casos se oficiará al Registro de Testamentos de Colegio de Escribano de la Provincia, quién deberá informar sobre la existencia de testamento u otra disposición de última voluntad. Si el informe resultare positivo, el Juez requerirá del Notario testimonio de la escritura, si aquél hubiese sido otorgado por acto público, ó la entrega del original en caso contrario.



y poner el bien mueble a su nombre? o tengo que iniciarla en nombre de los 3? si se puede hacer con 1 solo, tengo que pedir la cesion de derechos hereditarios sobre ese bien mueble de los otros 2 o lo puedo hacer inscribir directamente?
La verdad que debe ser algo bastante sencillo pero es mi primer sucesorio, gracias!
 #1043674  por FernandoC88
 
Ok o sea que inicio, notifico a los otros herederos y sigo viaje? porque ayer una abogada se volvió loca cuando le dije esto y me dijo "que se presenten los 3, como vas a presentar con 1 solo?" entonces ahí arrancaron mis dudas
 #1043750  por abogado1987
 
FernandoC88 escribió:Ok o sea que inicio, notifico a los otros herederos y sigo viaje? porque ayer una abogada se volvió loca cuando le dije esto y me dijo "que se presenten los 3, como vas a presentar con 1 solo?" entonces ahí arrancaron mis dudas
podés iniciar la sucesión "... denunciando el nombre y domicilio de los herederos ó representantes legales conocidos... "
 #1043789  por FernandoC88
 
Listo, muchisimas gracias Doc! me fue de mucha ayuda! Para aquellos que recién empezamos es muy util la gente como Ud.
 #1043859  por abogado1987
 
FernandoC88 escribió:Listo, muchisimas gracias Doc! me fue de mucha ayuda! Para aquellos que recién empezamos es muy util la gente como Ud.
Imagen