Hola, hay algo que no termino de entender con el I.T.G.B.
Artículo 63 (Ley 14553):
el monto del mínimo no imponible para cada beneficiario, se elevará a la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000) cuando se trate de padres, hijos y cónyuge.
pero.....
Artículo 320 inciso 6 (Ley 10.397): Se encuentra exento del presente gravamen el enriquecimiento a título gratuito proveniente de la transmisión por causa de muerte a favor del cónyuge, ascendientes y/o descendientes, incluidos hijos adoptivos o los cónyuges de los mencionados, del bien inmueble urbano destinado totalmente a vivienda del causante o su familia, siempre que sea única propiedad y la valuación fiscal del inmueble no exceda el monto que fije la Ley Impositiva.
Artículo 66 (Ley 14.553): Establécese en la suma de pesos ciento setenta y seis mil sesenta ($176.060) el monto a que se refiere el artículo 320 inciso 6) del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-.
Estaré muy estresada, pero no lo logro entender
Si alguien me ayuda

Artículo 63 (Ley 14553):
el monto del mínimo no imponible para cada beneficiario, se elevará a la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000) cuando se trate de padres, hijos y cónyuge.
pero.....
Artículo 320 inciso 6 (Ley 10.397): Se encuentra exento del presente gravamen el enriquecimiento a título gratuito proveniente de la transmisión por causa de muerte a favor del cónyuge, ascendientes y/o descendientes, incluidos hijos adoptivos o los cónyuges de los mencionados, del bien inmueble urbano destinado totalmente a vivienda del causante o su familia, siempre que sea única propiedad y la valuación fiscal del inmueble no exceda el monto que fije la Ley Impositiva.
Artículo 66 (Ley 14.553): Establécese en la suma de pesos ciento setenta y seis mil sesenta ($176.060) el monto a que se refiere el artículo 320 inciso 6) del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-.
Estaré muy estresada, pero no lo logro entender
Si alguien me ayuda
