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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1044808  por rabincho
 
Estimados foristas.
Tengo una asunto de enfermedad profesional (caso actual), en el cual mi cliente sufre de HERNIA EPIGASTRICA (contraida a raiz de ESFUERZOS CONSTANTES E INTENSOS, trabaja en ungeriatrico y realiza esfuerzos a diario para rotar a los ancianos, levantarlos de la cama, silla, etc etc).
La ART brindo ciertas prestaciones medicas y extendio los plazos para determinar si aceptaba o repudiaba el siniestro. Dias mas tarde envio mail al empleador repudiando el siniestro por ser una "ENFERMEDAD INCULPABLE que no tiene vinculacion causal con la actividad laboral desarralloda por el mismo".
Ahora de debe operar pero a traves de su obra social.
Diganme si esta bien lo que voy a hacer ya que mi cliente quiere seguir trabajando (ademas su empleador es quien me mando el caso).
1) presentare la demanda en la plata, sede laboral.
2) Accionare por la Ley 24557
3) montos conforme formula de ley mas RIPTE y porcentajes de la nueva ley.

Ahora bien, el tema se me complica a la hora de plantear las inconstitucionalidades (pido la inconstitucionalidad del proceso administrativo solamente???? alguna mas? lo del listado no haria falta explallarse la que el rechazo de la enfermedad es por que la consideran inculpable)
Respecto al speach (doctrina y jurisprudencia) para rebatir que la enfermedad NO es inculpable, alguien me pasa algo de data??
Bueno, si alguien tuvo un caso parecido y presento la demanda, que sea tan amable de enviarmela para usarla de guia.
gracias y aguardo sus comentarios.
 #1044822  por rabincho
 
Amplio:

respecto al ingreso base, pido la insconstitucionalidad, y luego hago la cuenta de ley con el salario del Art. 208 LCT?
Respecto al listado cerrado de enfermedades profesionales? me debo explayar (doctina y juris) atento que el rechazo es por ENFERMEDAD INCULPABLE???? no, no??

saludosss
 #1045094  por gamorza2002
 
pasa que si demandas en esta instancia, en provincia te van a mandar a cumplir con el articulo 4 de la 26773, o sea, vas a tener que pasar primero por comisión medica. Y aunque en la demanda pidas la inconstitucionalidad, por las mismas razones que con la 24557, si bien algunos fallos de tribunales ya lo declararon asi, la Corte no, asi que (a mi entender) te autocajoneas el expediente.
En derecho todos opinamos distinto, pero para mi, termina el tramite de comisión medica, y aunque te lo rechacen ahí, (no es necesario recurrir a la Com Med central) después presentas la demanda, es lo que hago yo. Saludos.
 #1045183  por MORGAN
 
inconstitucionalidad de arts. 6, inc.2; 21 y 22 LRT. de la 26773 nada que plantear.
ojo que ese tipo de hernias se dan por defectos congénitos y un mínimo esfuerzo la produce.
otra. como vas a plantear obligadamente la inclusión como enfermedad laboral la aseguradora va a traer a juicio al empleador y esa situación puede perjudicar al trabajador.
en los casos de hernias yo no lo planteo como enfermedad laboral sino como accidente laboral. digo que fue un esfuerzo y lesión repentina.
 #1046518  por rabincho
 
GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.
Morgan...pensaba mas o menos como vos, mi temor era que me citen al empleador. Por lo tanto lo voy a iniciar como accidente de trabajo, aunque previamente hare ver con mi medico el tema de todos los cert. medicos que tengo no sea cosa que esto venga de antes. Estuve viendo el tema de las hernias y la realidad indica que son congenitas, y lo peritos son renuentes en las pericias, digamos no muy favorables. Pero la realidad es que por los grandes esfuerzos que hizo mi clienta levantando enfermos le salto la hernia epigastrica.
Morgan, no entendi esta parte de tu respuesta "inconstitucionalidad de arts. 6, inc.2; 21 y 22 LRT. de la 26773 nada que plantear".... planteo esas inconstitucionalidades y "nada mas"...o me estas diciendo que no debo plantearlas.
Es mi primer caso de hernia y la realidad es que me esta costando plantear la cuestion con todo el tema de la nueva ley.
GAMORZA: respecto al art. 4 de la 26773, a mi cliente se le notifico que era enfermedad inculpable, y no contesto en disconformidad, por lo cual no fue a comision medica. Vos estimas que me lo mandan a la comision medica???? viendo lo que dice morgan lo voy a plantear como acc. de trabajo. Pero no voy a citar al empleador.
Bueno, muchas gracias por sus opiniones, si alguno de ustedes inicio un reclamo parecido (de hernia) sin citar al empleador, por favor si pueden pasarmelo para guia se lo agradezco.
saludos. y buena feria