Hola Foristas, tengo honorarios regulados y notificados en un divorcio en el 2008, entiendo que al estar regulados la prescripción es de 10 años no? El reclamo es contra mi cliente, me cansó y ahora se borró, era un conocido por eso le tuve paciencia, pero ya se terminó y quiero iniciar la ejecución de honorarios, es en los tribunales de familia de San Isidro, provincia de Buenos Aires, lo hago a través del mismo expediente o debo iniciar otro? Como me juega el haber dado un par de recibos "no oficiales" por sumas ínfimas, obviamente aparte de una posible excepción de pago parcial??? Gracias.
maru....