Estimados. Necesito de su ayuda.
Tengo un cliente que demando aquí en Capital a Provincia ART por un accidente laboral. El tema es que mi cliente trabajaba como docente en una escuela de la provincia de buenos aires. Cuando me viene a ver ya habían pasados tres años del accidente. El problema es que la Provincia de Buenos Aires es autoasegurada y en su responde Provincia ART contesta oponiendo excepción de falta de legitimación pasiva por el autoseguro de la provincia.
Creo que acá en capital todos los fallos son en contra en situaciones como esta. Sería lo ideal desistir acá de la acción e irme a la provincia a demandar a la Provincia de Buenos Aires, el tema es la prescripción.
Les consulto esto, el haber presentado una demanda acá en capital, no interrumpiría la prescripción de la acción?
Alguien tiene algo de jurisprudencia que avale mi posición? La demanda la debería interponer en La Matanza.
Ayuda por favor, gracias.-
Tengo un cliente que demando aquí en Capital a Provincia ART por un accidente laboral. El tema es que mi cliente trabajaba como docente en una escuela de la provincia de buenos aires. Cuando me viene a ver ya habían pasados tres años del accidente. El problema es que la Provincia de Buenos Aires es autoasegurada y en su responde Provincia ART contesta oponiendo excepción de falta de legitimación pasiva por el autoseguro de la provincia.
Creo que acá en capital todos los fallos son en contra en situaciones como esta. Sería lo ideal desistir acá de la acción e irme a la provincia a demandar a la Provincia de Buenos Aires, el tema es la prescripción.
Les consulto esto, el haber presentado una demanda acá en capital, no interrumpiría la prescripción de la acción?
Alguien tiene algo de jurisprudencia que avale mi posición? La demanda la debería interponer en La Matanza.
Ayuda por favor, gracias.-