estimados colegas.. me surgio un caso que quiero destrabar.. tengo un cliente que se me presento que tiene mas de 25 años de aporte y 56 años...tiene aportes como camioneros, por lo tanto le corresponde la legislacion especial de la ley 20.740, ahora fue por la via de la moratoria que obviamente se la rechazaron porque no cumple el requisito de la edad.. la consulta seria.. puedo iniciar la jubilacion por la legislacion especial por mas que el ya no este trabajando en la emresa transportista por cuestiones de salud y que los ultimos aportes sean del 12/2012? y si se puede iniciar por otra via luego de haber sido iniciada mal otra anteriormente? y me surge aparte otra consulta.. en el exp figura que la coordinacion toma algunos servicios como comunes como repercute esto en supra mencionado..desde ya muchas gracias.
Podes iniciar nuevamente el trámite alegando que los servicios son de carácter privilegiado según ley 20.740 art. 1, vas a tener que acompañar la prueba (certificación, recibos, etc.) y esperar que ANSES en caso de que corresponda verifique los períodos.
No importa que hoy no esté trabajando en la empresa.
No entiendo a que te referís con la última consulta.
Saludos