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  • Cajera B+adicional art 30

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1047468  por Alejandra Radua
 
Buenas tardes. Hasta ahora nunca tuve un caso de cajera de comercio.
A esta empleada le abonan por mes $ 274 en concepto de adicional cajero.
Sin embargo, en la escala salarial de abril 2014 dice "art 30 cajeros B" $ 3.286,46+no remunerativo $ 558,02.
Puede haber tanta diferencia entre lo abonado por el empleador y el convenio?
A la empleada la despidieron sin causa, y cuando me trae la liquidación, lo primero que veo es la diferencia que hay en este rubro.
 #1047528  por Arbeiter
 
Alejandra Radua escribió:Buenas tardes. Hasta ahora nunca tuve un caso de cajera de comercio.
A esta empleada le abonan por mes $ 274 en concepto de adicional cajero.
Sin embargo, en la escala salarial de abril 2014 dice "art 30 cajeros B" $ 3.286,46+no remunerativo $ 558,02.
Puede haber tanta diferencia entre lo abonado por el empleador y el convenio?
A la empleada la despidieron sin causa, y cuando me trae la liquidación, lo primero que veo es la diferencia que hay en este rubro.
Si mal no recuerdo, el adicional del art. 30 no es mensual, se paga dos o tres veces al año. Quizás el monto es porque le pagaban cada adicional en dos cuotas.
 #1047540  por Arbeiter
 
Alejandra Radua escribió:Muchas gracias, pero en la escala salarial está mes por mes.

Art. 30º.- Los empleadores abonarán a los cajeros/as incs. a) y c) y repartidores efectivos y
toda otra persona, que específicamente tengan obligación de cobrar dinero a la clientela, la
suma de $a. ... (*) anuales a partir del 1º de junio de 1975.
Los cajeros/as calificados en el inc. b) del Art. 7º percibirán la suma de $a. ... (*) anuales. Estos
pagos se efectuarán en cuotas iguales y trimestralmente vencidas
, de acuerdo al año
calendario, en compensación de su riesgo de reposición de faltantes de dinero cobrado. Estas
sumas no formarán parte de la remuneración a efectos de los aportes jubilatorios, cómputo de
aguinaldo[...]

Eso te decía, lo resaltado.