Que pasa cuando una persona fallece con ultimo domicilio por ej. en Mar del plata y todos sus bienes se encvuentran en CABA? SE PUEDE INICIAR LA SUCESION EN bUENOS aIRES, NO OBSTAnte QUE EL ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE SEA EN OTRA JURISDICCION
marialuisa escribió:Que pasa cuando una persona fallece con ultimo domicilio por ej. en Mar del plata y todos sus bienes se encvuentran en CABA? SE PUEDE INICIAR LA SUCESION EN bUENOS aIRES, NO OBSTAnte QUE EL ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE SEA EN OTRA JURISDICCIONTengo entendido que la prorroga de jurisdicción solo se puede plantear estando todos los herederos de acuerdo, pero solo dentro de la Pcia. de Buenos Aires (art 2 o por ahi del CPCCBA). Creo que si murió en MDP, hay que iniciar la Suc. ahi.
