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  • Prorroga de Jurisdicción

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 #781828  por marialuisa
 
Que pasa cuando una persona fallece con ultimo domicilio por ej. en Mar del plata y todos sus bienes se encvuentran en CABA? SE PUEDE INICIAR LA SUCESION EN bUENOS aIRES, NO OBSTAnte QUE EL ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE SEA EN OTRA JURISDICCION
 #782315  por Wallas
 
marialuisa escribió:Que pasa cuando una persona fallece con ultimo domicilio por ej. en Mar del plata y todos sus bienes se encvuentran en CABA? SE PUEDE INICIAR LA SUCESION EN bUENOS aIRES, NO OBSTAnte QUE EL ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE SEA EN OTRA JURISDICCION
Tengo entendido que la prorroga de jurisdicción solo se puede plantear estando todos los herederos de acuerdo, pero solo dentro de la Pcia. de Buenos Aires (art 2 o por ahi del CPCCBA). Creo que si murió en MDP, hay que iniciar la Suc. ahi.
 #1048891  por campomatiass
 
Buenas tardes, disculpen la molestia y que remonte un hilo anterior, resulta que tengo que iniciar una sucesion cuyo causante falllecio y vivia (ultimo domicilio) en Mar del plata, estaba analizando la posibilidad de prorrogar la jurisdiccion cerca de capital ya que dos de las herederas (hijas) viven en la ciudad de buenos aires...el problema, es que una tercera heredera (conyuge superstite, que NO es la madre de mis clientas) vive en mar del plata, ocupando el unico bien integrante del acervo sucesorio y que con esta persona no tienen relacion (de hecho tienen mala relacion) por lo que veo muy improbable que acceda a presentarse con ellas y firmar la prorroga. Hay alguna manera de solucionarlo? siendo 3 las herederas y estando 2 de acuerdo podre prorrogar la jurisdiccion de todos modos, si bien el articulo dice que todos tienen que estarlo?