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  • CONSULTA HIPOTECA + EMBARGO

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 #1020362  por josefina12
 
Hola foristas, les escribo porque tengo una duda que me planteo un amigo sobre algo que le esta sucediendo y realmente no entiendo mucho sobre hipotecas.

El tema es que en el año 1993 se inscribe una hipoteca a favor de 4 acreedores. Con el paso del tiempo recien en el año 2000 dos de los acreedores inician un la ejecucion hipotetaria y se inscribe en el registro en el registro de la propiedad como embargo. Este juicio se soluciono con un acuerdo entre el deudor (mi amigo) y los acreedores, pero no fue presentado en el expediente porque en su momento el abogado que lo representaba le pidio que no lo hiciere y que deje pasar el tiempo, asi no se pagaban los gastos. En conclusion, el acuerdo se firma con fecha 2006 pero nunca se presenta en el juzgado y desde el 2012 el expte se encuentra paralizado.
Al momento de solicitar el informe en el registro de la propiedad aparece como
Donde figura la titularidad sobre el domionio:
ASIENTO 1 AL 3 (TODO TACHADO)
ASIENTO 4 - Condominio
Asiento 5 - Rectificacion del asiento 4* s/ rectificacion 19 de octubre de 1993
Asiento 6 - inscripcion definitiva asiento 4* 01 de noviembre de 1993, primera presentacion

y por otro lado donde figuran los "gravamenes, restricciones e interdiccion"
asiento 1- hipoteca a favor de ......
asiento 2- inscripcion definitiva asiento 1* 01 de noviembre de 1993 primera presentacion
asiento 3* embargo
asiento 4* inscripcion definitiva asiento 3* 02 de junio de 2000. segunda presentacion

mi pregunta en concreto es, la hipoteca sigue vigente? porque si se inscribio en el año 1993, pasados los 20 años y sin que nadie mas haya reclamado me parece que caduca....o el hecho de que se haya inscripto el embargo extiende el tiempo de caducidad y deberia contarse desde el año 2000 o corren por cuenta separada?
por otro lado, conviene pedir que se saque de paralizado el expediente y pedir que se levante el embargo ya sea porque caduco o porque en su momento se firmo un acuerdo donde queda expresamente claro que el acreedor no tiene nada mas que exigir; en todo caso, habria que homologar ese acuerdo?
o simplemente habria que ir al registro de la propiedad inmueble y preguntarle si en caso de que la hipoteca y el embargo ya hayan caducado no tendria que hacerse de pleno derecho y tacharse?

realmente es una cuestion un poco complicada (o por lo menos asi lo veo yo) y agradeceria mucho si pueden ayudarme a esclarecer el caso.
 #1049490  por legalescom
 
Entiendo que, lo mejor, sería denunciar el acuerdo y pedir la cancelación de la inscripción de la hipoteca. La caducidad de la inscripción, si bien se opera a los 20 años, per se, sólo puede ser alegado por un tercero, ya que entre deudor y acreedor, ella no opera, ni puede ser invocada

La jurisprudencia dice: " La caducidad de la inscripción hipotecaria sólo pueden alegarla los terceros perjudicados a que aluden los arts. 3149 y 3150 del Código Civil, ya que las partes contratantes, sus herederos y los que han intervenido en el acto, como el escribano y los testigos, no pueden prevalerse del defecto de inscripción, y respecto de ellos la hipoteca constituida por escritura pública se considera registrada".

La otra forma, de liberarse de la hipoteca, es vendiendo el bien, ya que, al constatarse vencida la inscripción (20 años) y no reinscripta, el escribano puede escriturar el bien a favor del comprador y contra éste, nunca podrá hacerse valer un crédito hipotecario, cuya hipoteca ha caducado. ¿Está claro?