Una persona recibe por donación un bien inmueble (vivienda).- Claramente se trata de un bien propio.- Años después, ya casado, decide obtener un crédito para reformar y mejorar la vivienda.- El banco le exige, sin explicaciones, que para concederlo el inmueble debe constar adquirido por escritura de compra-venta.- Entonces decide donarlo a su donante, quien en el mismo acto escriturario, en el que consta que está casado, se lo vende por una cierta suma de dinero.- Un mes después, en otra escritura, a la cual comparece el matrimonio, el banco concede el préstamo (por casi la misma suma de dinero).- Finalmente el matrimonio se divorcia.- El marido sostiene que sigue siendo un bien propio, porque hubo una única y exclusiva oportunidad y causa real de ingreso del bien a SU patrimonio.- La esposa dice que por el simple hecho de haber estado casados, ahora es un bien ganancial.- Agradecería aportes por una u otra posición.-

