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  • DEMANDA ESCRITURACIí“N

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 #104519  por VeroL
 
Hola a todos. quiero que lean atte. mi forma de pensar y me digan si estoy muy equivocada. El tema es asi: boleto de compraventa de un lote de terreno. Año 1981 se firma. El pago debia ser en tres cuotas de las cuales el comprador en ese acto paga dos con dos cheques a 30 y 60 dias. La ultima cuota debia ser al momento de escriturar. El comprador reclamo verbalmente durante todos estos años y el vendedor prometia firmar la escritura cosa que nunca hizo. A pesar del tiempo en el año 2007 lo intimo con CD para que en 48 hs. se presente a la escribania que designé con la documentacion que corresponde y que en un plazo de trenta dias se apersone a firmar la escrit. trasl. de dominio. AHORA mi idea es iniciar una Dnda. de Escrituración y no Usucapión, mis motivos son: que para mi el boleto no prescribe por lo siguiente a) si bien la regla general la accion para demandar la obligación de escriturar prescribe a los 10 años; B) la EXCEPCIÓN es que en caso de que exista "posesión"pacífica y continuada ejercida por el comprador sobre el inmueble la cual produce la INTERRUPCIÓN en forma continuada del curso de la prescripción, pues dicha posesión supone UN RECONOCIMIENTO TÁCITO PERMANENTE del derecho creditorio del adquirente. Yo entiendo que aunque el comprador NO HAYA RECLAMADO en forma manifiesta al vendedor (Escrituración) el cumplimiento de hacer escritura se entiende que lo ha hecho en forma TÁCITA por su posesión continua y pacífica. Y con respecto al vendedor su PASIVIDAD (su tolerancia) implica un RECONOCIMIENTO PERMANENTE de que los efectos del Boleto se hallan en ejecución, pues reconoce tácitamente ser deudor del crédito a la escrituración. Otra cosa a favor del Comprador es que éste mantuvo activo el Inmueble con el pago de impuestos.
Por favor si alguien capta mi idea que me de su punto de vista GRACIAS A TODOS

 #104528  por fernando hugo
 
Hola Vero. Estoy de acuerdo con vos.
Si podes probar la posesión continua y pacífica, la acción de escrituración no está prescripta a pesar de que la suscripción del contrato haya sido hace 27 años.
Ya en otro asunto de este mismo foro se había planteado un caso muy similar y la respuesta había sido la misma.
No me acuerdo el título pero era de la semana pasada.

Lo que no me quedo claro es cuales fueron lo actos posesorios durante estos años.

Buena suerte y hasta luego.

 #104552  por Sailaw
 
En realidad podes intentar las dos cosas, la escrituración y en forma supletoria la usucapión.

 #105030  por VeroL
 
gracias por contestar. Ahora !! Fernando para mi los actos de posesión son que siempre se pagaron los impuestos. Hasta en un momento la municipalidad lo intimo al comprador a cancelar alguno de ellos y tengo toda la documentación. En el propio municipio le mandaban gente que querian comprar el lote. No se si eso servirá. Que te parece????
Y en cuanto a que subsidiariamente puedo Usucapir lo HAGO EN LA MISMA DEMANDA??? no verdad??? no pierdo el derecho a usucapir por mas que lo intime con CD a escriturar????

 #105148  por Sailaw
 
Es en la misma demanda, existe una acción principal que es la de escriturar y una subsidiaria en caso de rechazo de la primera. De debe ofrecer prueba para las dos.