Hola colegas!
En esta ocasión he saltado el mostrador para representar al alimentante. La situación es la siguiente:
Hija mayor de edad menor de 21.
Vive con la madre.
Cuota homologada 25 %.
El padre me consulta para solicitarle la reducción de la cuota. Con las aclaraciones de lo difícil de que suceda acordamos intentarlo.
El padre al momento de acordar la cuota tenia 24 años y vivía con su madre viuda. Hoy tiene 40 una nueva pareja y un hijo recién nacido.
Mi intensión es plantear:
1. la situación personal del padre ha cambiado con respecto a la que tenía al momento del acuerdo.
2. al cesar la patria potestad la obligación alimentaria sería su fundamento "filial", por lo que ambos padres deberán solventarla y como los alimentos no pueden ser totalmente en especies la madre debería contribuir también económicamente (esto medio tirado de los pelos ¿no?)
3. El padre actuó responsablemente esperando a que su hija cumpla la mayoría de edad para ser padre nuevamente.
4. El padre es cartero y vive humildemente (esto es cierto acompaño fotos y pido ambiental)
5. La madre es joven y tiene otro hijo pero ningún impedimento para procurarse un trabajo.
Alguna idea más? ya se que es difícil que prospere, pero no me parece ilógico el planteo. Encontré un fallo de Córdoba donde se redujo por lo del hijo nuevo y otro también que dice que la fijación de alimentos no puede resultar en una capitalización del alimentista ?????? sino que debe alcanzar para las necesidades alimentarias y espirituales del alimentado.
En esta ocasión he saltado el mostrador para representar al alimentante. La situación es la siguiente:
Hija mayor de edad menor de 21.
Vive con la madre.
Cuota homologada 25 %.
El padre me consulta para solicitarle la reducción de la cuota. Con las aclaraciones de lo difícil de que suceda acordamos intentarlo.
El padre al momento de acordar la cuota tenia 24 años y vivía con su madre viuda. Hoy tiene 40 una nueva pareja y un hijo recién nacido.
Mi intensión es plantear:
1. la situación personal del padre ha cambiado con respecto a la que tenía al momento del acuerdo.
2. al cesar la patria potestad la obligación alimentaria sería su fundamento "filial", por lo que ambos padres deberán solventarla y como los alimentos no pueden ser totalmente en especies la madre debería contribuir también económicamente (esto medio tirado de los pelos ¿no?)
3. El padre actuó responsablemente esperando a que su hija cumpla la mayoría de edad para ser padre nuevamente.
4. El padre es cartero y vive humildemente (esto es cierto acompaño fotos y pido ambiental)
5. La madre es joven y tiene otro hijo pero ningún impedimento para procurarse un trabajo.
Alguna idea más? ya se que es difícil que prospere, pero no me parece ilógico el planteo. Encontré un fallo de Córdoba donde se redujo por lo del hijo nuevo y otro también que dice que la fijación de alimentos no puede resultar en una capitalización del alimentista ?????? sino que debe alcanzar para las necesidades alimentarias y espirituales del alimentado.