MCuello escribió:DRA. MACA escribió:MCuello escribió:Perdón Dra. MACA, pero el hecho que un padre no cumpla con los deberes de alimentos, no lo excluye de la posibilidad de ver a sus hijos. Son dos cosas diferentes y van por otra vía.
Por otro lado, ningún establecimiento escolar puede prohibir a ningún progenitor, retirar a su hijo del establecimiento, SALVO que el establecimiento escolar tenga en su poder una resolución judicial que prohíba a ese progenitor el acercamiento a ese menor, (medida cautelar que dura a veces hasta 90 días y puede ser renovable).
A veces las autoridades escolares se arrogan facultades discrecionales que son propias de los jueces de familia y no de los colegios.
El progenitor que es impedido de retirar a su hijo del establecimiento puede intimar por CD al establecimiento a que cese en su accionar, bajo pena de iniciar las acciones correspondientes.
Ley 24.270, Art. 1º.
Marisa
Eso ya lo se, una cosa no quita la otra, pero tiene que cumplir con su obligacion, si el padre inicia visitas que se la banque si la madre le inicia alimetos o si los hay un incidente de aumento de cuota. No hace que me lo aclares, me dedico a familia hace muchísimos años, tanto en capital como provincia.
Aclarado el asunto vuelvo a lo mismo, es irresponsable asesorar sin saber, te comento, en temas de familia siempre prima el interés superior del menor y no sabemos si el padre es golpeador,abusador, etc. Imaginate que si asi lo fuere ningun juzgado le va a conceder ni visitas y menos que retire a un bebe de la guarderia!!!!!!!!!
No concuerdo para nada con vos, sino va cualquiera dice que es el padre y despues???? Que pasa si esta persona se lo lleva???? Quien responde????
La CD esa sirve de papel sanitario. No se puede dejar a la buena de Dios que alguien porque vaya y diga soy el padre entregarle a la menor!!!!!!!!!!!!!!!!
Me alegra saber que tienes un extenso CV en materia de familia.
Justamente, porque es irresponsable asesorar sin saber, no podemos presuponer que el padre es un golpeador, abusador, etc etc. Si eso fuera así, habría entonces una medida cautelar que así lo establezca y el colegio debería estar notificado de dicha medida, de lo contrario, nada impide que el padre retire al menor del establecimiento.
Creo, que ninguna persona puede ir a un establecimiento escolar y decir "soy el padre" así de fácil. Existen lo que llamamos "actas de nacimientos legalizadas" que pueden acreditar el vínculo entre un progenitor y su hijo.
Por otro lado, en este foro no siempre estamos de acuerdo unos con otros. Simplemente, ante una consulta y, con los datos que conocemos, podemos responder o no, sólo basta con acotar nuestra respuesta sin presuponer que el padre es un abusador, golpeador, etc etc. Sino, también podría suponer que la madre es una mala persona, egoísta y despechada que usa a su hija para vengarse del padre, etc etc y así seguiríamos en una trama digna de novela colombiana.
Debemos hacer uso de las leyes que tenemos, nada más.
Buenas noches.[/quote
Creo que ambas estan en lo cierto,
particularmente opino, que la irresponsabilidad no es porque una opine una cosa, u otra sino, simplemente, porque la persona que pregunta debería concurrir al lugar adecuado para hacerlo...
desde este lado no sabemos los detalles, y como comento tiburcio, en otro post en las cuestiones de familia debería ser una obligación cobrar.