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 #1051899  por x28
 
Hola! Necesito ayuda!!!! Un cliente tiene OSDE , me viene a consultar porque, le niegan a su beba de 16 meses, la cobertura de la leche medicamentosa que debe tomar por ser alergica a la proteína de la leche de vaca, el planteo en la Obra Social que no es un capricho, sí no que el medico es quien la receta, le contestaron que solo cubren hasta el año de vida ese tipo de leches....- Se me ocurre iniciar un Amparo contra OSDE?, es necesario previamente enviar una CD?? Algun modelo por favor!!!!! Desde ya muchas Gracias!
 #1051905  por flux
 
Modelo no tengo, algo asi nunca hice, pero..., el tema seria, la negativa de que no la cubren se la dieron por escrito, estimo que no, entonces no habria prueba concreta de que le negaron la asistencia

Entonces, podes si mandar una CD intimando a que la cubran en ese aspecto bajo apercibimiento de iniciar acciones legales y simultaneamente meter un pedido formal por escrito dirigido a la obra social para que le provean esa asistencia

Si te dan la negativa por CD o al pedido ya tenes para iniciar el amparo, en caso de que no te lo den y se retrasen entonces tambien inicias el amparo, cambia el motivo, en un caso es por negativa expresa, en el otro es por mora en la contestacion y omision que no permite que el tramite administrativo correspondiente se pronuncie adecuadamente en la celeridad necesaria para que el derecho del menor quede protegido

Si lo metes de una el amparo seguro te rebota el mismo juez diciendo que no queda claro que hay habido negativa de la obra social
 #1051931  por DRA. MACA
 
x28 escribió:Hola! Necesito ayuda!!!! Un cliente tiene OSDE , me viene a consultar porque, le niegan a su beba de 16 meses, la cobertura de la leche medicamentosa que debe tomar por ser alergica a la proteína de la leche de vaca, el planteo en la Obra Social que no es un capricho, sí no que el medico es quien la receta, le contestaron que solo cubren hasta el año de vida ese tipo de leches....- Se me ocurre iniciar un Amparo contra OSDE?, es necesario previamente enviar una CD?? Algun modelo por favor!!!!! Desde ya muchas Gracias!
No envies cd ni nada, si es medicamentosa la obra social ESTA OBLIGADA a cumplir con ello. Inicia directamente el amparo.
 #1052027  por flux
 
Pero no necesitarias una prueba de que la obra social se niega a cumplir? porque me parece que se lo dicen verbalmente, y capaz un juez les dice que no estando probado que ha intentado solicitar el derecho por el camino natural el amparo que es via de excepcion no procede
 #1052039  por DRA. MACA
 
flux escribió:Pero no necesitarias una prueba de que la obra social se niega a cumplir? porque me parece que se lo dicen verbalmente, y capaz un juez les dice que no estando probado que ha intentado solicitar el derecho por el camino natural el amparo que es via de excepcion no procede
Flux, vos tenes hijos? El "capaz" no figura en este tipo de cuestiones tan delicadas donde hay bebés. A que llamás el camino natural? Tenés idea de lo que hablas?

Retomando al colega que preguntó, sí, está tu cliente amparado por ley y andá tranquilo,te mando los argumentos, mucho mas no puedo decir ante cuestiones asi, mandame un MP y te explico con mas detalle. No pierdas mas el tiempo.
 #1052168  por andresxeneizes
 
DRA. MACA escribió: Flux, vos tenes hijos? El "capaz" no figura en este tipo de cuestiones tan delicadas donde hay bebés. A que llamás el camino natural? Tenés idea de lo que hablas?
yo creo que flux se referia a por lo menos mandar la cd, para acompañarla en el expte, sin siquiera esperar la respuesta (que ya la sabemos), para evitar chicanas en relacion al reclamo previo o peor que te toque algun juez pelo... o que le gusta estar del lado de las corporaciones, y te rechace injustamente el reclamo
 #1052172  por DRA. MACA
 
andresxeneizes escribió:
DRA. MACA escribió: Flux, vos tenes hijos? El "capaz" no figura en este tipo de cuestiones tan delicadas donde hay bebés. A que llamás el camino natural? Tenés idea de lo que hablas?
yo creo que flux se referia a por lo menos mandar la cd, para acompañarla en el expte, sin siquiera esperar la respuesta (que ya la sabemos), para evitar chicanas en relacion al reclamo previo o peor que te toque algun juez pelo... o que le gusta estar del lado de las corporaciones, y te rechace injustamente el reclamo
En el amparo no es necesario mandar carta documento, es de buena practica hacerlo. No obstante de otras obras sociales directamente te dicen que si les presentas el certificado de que el bebè necesita una leche medicamentosa te la dan, solo en ese caso, la mayoria de las OS te las dan hasta el año, a eso me referìa es algo que corresponde sin amparo, desconozco por que esta obra social en particular le dijo que no.
 #1052337  por flux
 
DRA. MACA escribió:
flux escribió:Pero no necesitarias una prueba de que la obra social se niega a cumplir? porque me parece que se lo dicen verbalmente, y capaz un juez les dice que no estando probado que ha intentado solicitar el derecho por el camino natural el amparo que es via de excepcion no procede
Flux, vos tenes hijos? El "capaz" no figura en este tipo de cuestiones tan delicadas donde hay bebés. A que llamás el camino natural? Tenés idea de lo que hablas?

Retomando al colega que preguntó, sí, está tu cliente amparado por ley y andá tranquilo,te mando los argumentos, mucho mas no puedo decir ante cuestiones asi, mandame un MP y te explico con mas detalle. No pierdas mas el tiempo.
Maca no te tomes mal la pregunta que tengo que hacerte...

Cuando vos encaras un expediente... como lo haces?

Pensando en los derechos de los ñiños y la familia?

O pensando en lo que tu conocimiento y experiencia como abogada te dicta sobre todo sabiendo como funciona la burocracia judicial?

Si me decis que es la primera..., entonces te vas a vivir dando palos y enojandote contra el sistema cuando veas que no funciona como deberia

Ahora, a la pregunta que me hiciste, el camino natural es la via procesal normal y habitual que tiene un derecho para ser reclamado. El amparo como accion funciona cuando te niegan "porque si" ese camino, o cuando ese camino tiene un tiempo burocratico ineficiente que hace que el derecho que pedis no tenga sentido si tenes que esperar a que exista pronunciamiento favorable. Caso contrario el amparo es improcedente porque existe otro remedio procesal adecuado normal que puede solventar el derecho reclamado

Bueno, desde esa base, conociendo a los jueces que estan comodos sentados en algun sillon y van a las 10 de la matina para irse a las 12 y le dejan despachar cualquier cosa a los oficiales que estan saturados de trabajo porque otros oficiales viven de licencia porque son acomodados, como crees que van a tomar un reclamo donde vas a pedir una via excepcional como el amparo cuando antes no intentaste al menos hacer el reclamo por la via natural? Como justificarias que necesitas el amparo? Solo porque le relatas al juez que la obra social "de palabra" te negó el acceso a lo que pedis? Y si el juez te contesta algo como "no encontrandose acreditado que el peticionante haya intentado la via natural, previo intente la via administrativa adecuada" que haces?

La CD tiene por fin demostrar que la obra social esta de hecho negandote el acceso a lo que pedis para que no te salgan con un martes 13..., inclusive a esa CD tambien habria que acompañarla con 3 testimoniales (que digan que habiendo acompañado a la persona de palaba le dijeron que no le van a dar nara) ya ofrecidas en el mismo amparo con las respuestas y todo pidiendo que se cite a los testigos en forma urgente a ratificar las mismas en primera audiencia
 #1052338  por flux
 
Capaz tenes la buena suerte de que el juez que te toca lee con conciencia y te da el amparo, pero capaz no. Y en caso de que no..., cuanto tiempo perdes rectificando la accion con las cosas que te pide el juez en el previo. Con buena gana un mes mas como minimo, mientras tenes al cliente protestando que el resultado lo necesita para ayer. Mandar la CD y acompañar las testimoniales te puede quitar como maximo 48 horas si el cliente se mueve como debe teniendo en cuenta que el es el mayor interesado en que la situacion se resuelva rapido (otra cosa es si el cliente no lo hace en forma rapida porque piensa que la ley es una entidad soberana que solo porque el lo necesita ya viene y lo protege)
 #1052357  por DRA. MACA
 
flux escribió:
DRA. MACA escribió:
flux escribió:Pero no necesitarias una prueba de que la obra social se niega a cumplir? porque me parece que se lo dicen verbalmente, y capaz un juez les dice que no estando probado que ha intentado solicitar el derecho por el camino natural el amparo que es via de excepcion no procede
Flux, vos tenes hijos? El "capaz" no figura en este tipo de cuestiones tan delicadas donde hay bebés. A que llamás el camino natural? Tenés idea de lo que hablas?

Retomando al colega que preguntó, sí, está tu cliente amparado por ley y andá tranquilo,te mando los argumentos, mucho mas no puedo decir ante cuestiones asi, mandame un MP y te explico con mas detalle. No pierdas mas el tiempo.
Maca no te tomes mal la pregunta que tengo que hacerte...

Cuando vos encaras un expediente... como lo haces?

Pensando en los derechos de los ñiños y la familia?

O pensando en lo que tu conocimiento y experiencia como abogada te dicta sobre todo sabiendo como funciona la burocracia judicial?

Si me decis que es la primera..., entonces te vas a vivir dando palos y enojandote contra el sistema cuando veas que no funciona como deberia

Ahora, a la pregunta que me hiciste, el camino natural es la via procesal normal y habitual que tiene un derecho para ser reclamado. El amparo como accion funciona cuando te niegan "porque si" ese camino, o cuando ese camino tiene un tiempo burocratico ineficiente que hace que el derecho que pedis no tenga sentido si tenes que esperar a que exista pronunciamiento favorable. Caso contrario el amparo es improcedente porque existe otro remedio procesal adecuado normal que puede solventar el derecho reclamado

Bueno, desde esa base, conociendo a los jueces que estan comodos sentados en algun sillon y van a las 10 de la matina para irse a las 12 y le dejan despachar cualquier cosa a los oficiales que estan saturados de trabajo porque otros oficiales viven de licencia porque son acomodados, como crees que van a tomar un reclamo donde vas a pedir una via excepcional como el amparo cuando antes no intentaste al menos hacer el reclamo por la via natural? Como justificarias que necesitas el amparo? Solo porque le relatas al juez que la obra social "de palabra" te negó el acceso a lo que pedis? Y si el juez te contesta algo como "no encontrandose acreditado que el peticionante haya intentado la via natural, previo intente la via administrativa adecuada" que haces?

La CD tiene por fin demostrar que la obra social esta de hecho negandote el acceso a lo que pedis para que no te salgan con un martes 13..., inclusive a esa CD tambien habria que acompañarla con 3 testimoniales (que digan que habiendo acompañado a la persona de palaba le dijeron que no le van a dar nara) ya ofrecidas en el mismo amparo con las respuestas y todo pidiendo que se cite a los testigos en forma urgente a ratificar las mismas en primera audiencia[/quote

No entendiste mucho flux, si a vos te rebotaron los amparos deberías rever la situación esa, el de este caso prosperará porque todas las obras sociales brindan esa leche.

Repito no es obligatorio enviar una carta documento, dale una leída a la LNPA, y de paso a la CN. Los amparos que inicie asi hice y me fue bien, por eso te vuelvo a decir, no se en tu caso, yo hablo por mi.

El día que tengas hijos, ojalá nunca te de la espalda la obra social. Se nota que no los tenés asi que podemos estar dias eternos discutiendo, vos queriendo exponer tu verdad. Ah y trabaje en el Poder Judicial justamente con amparos, y se de lo que hablo.

El letrado que preguntó sabrá que camino tomar después de tu opinión y la mia.

Suerte.
 #1052398  por flux
 
Me seguis hablando del derecho de fondo cuando esa no es la cuestion, no te hablo de eso, te hablo de la parte procesal

Si todas las obras sociales la brindan...,

Entonces porque necesitas el amparo?

Porque la obra social te la nego "de palabra" y no te permitio acceder a ella por el camino normal

Bueno, que pruebas tenes de ese hecho como para justificar la necesidad del amparo como remedio excepcional?

Ya te digo, no tenes ninguna, y estas a la buena voluntad del juez que no te tire un previo y te haga perder mas de un mes

Capaz no te pasa, capaz te pasa, pero si era algo que se podia evitar con una CD que se hace en 10 minutos y un par de testimoniales ya preparadas para ratiticar si es que el juez te pide que asi sea..., no hacerlo es de pura fiaca
Repito no es obligatorio enviar una carta documento, dale una leída a la LNPA, y de paso a la CN. Los amparos que inicie asi hice y me fue bien, por eso te vuelvo a decir, no se en tu caso, yo hablo por mi.
Si pero nada de eso es la cuestion..., dale una leida al CPCC te tendria que contestar..., porque sabemos que el derecho de fondo es la teoria, el procesal es el que realmente manda
El día que tengas hijos, ojalá nunca te de la espalda la obra social. Se nota que no los tenés asi que podemos estar dias eternos discutiendo, vos queriendo exponer tu verdad. Ah y trabaje en el Poder Judicial justamente con amparos, y se de lo que hablo.
Todo bien, pero ese argumento de "los hijos" es el menos juridico que existe..., con eso no justificas mucho

Porque si trabajaste en el poder judicial entonces sabes como viene la mano cuando te quieren buscar la vuelta formalmente

No cuesta nada presentar conjuntamente con el amparo una CD y dos o tres testimomiales para ratificar en primera audiencia, es algo que se prepara en menos de una hora y mandarla x correo te lleva otra hora. Es solamente por si acaso para evitarte un posible disgusto
 #1052456  por DRA. MACA
 
flux escribió:Me seguis hablando del derecho de fondo cuando esa no es la cuestion, no te hablo de eso, te hablo de la parte procesal

Si todas las obras sociales la brindan...,

Entonces porque necesitas el amparo?

Porque la obra social te la nego "de palabra" y no te permitio acceder a ella por el camino normal

Bueno, que pruebas tenes de ese hecho como para justificar la necesidad del amparo como remedio excepcional?

Ya te digo, no tenes ninguna, y estas a la buena voluntad del juez que no te tire un previo y te haga perder mas de un mes

Capaz no te pasa, capaz te pasa, pero si era algo que se podia evitar con una CD que se hace en 10 minutos y un par de testimoniales ya preparadas para ratiticar si es que el juez te pide que asi sea..., no hacerlo es de pura fiaca
Repito no es obligatorio enviar una carta documento, dale una leída a la LNPA, y de paso a la CN. Los amparos que inicie asi hice y me fue bien, por eso te vuelvo a decir, no se en tu caso, yo hablo por mi.
Si pero nada de eso es la cuestion..., dale una leida al CPCC te tendria que contestar..., porque sabemos que el derecho de fondo es la teoria, el procesal es el que realmente manda
El día que tengas hijos, ojalá nunca te de la espalda la obra social. Se nota que no los tenés asi que podemos estar dias eternos discutiendo, vos queriendo exponer tu verdad. Ah y trabaje en el Poder Judicial justamente con amparos, y se de lo que hablo.
Todo bien, pero ese argumento de "los hijos" es el menos juridico que existe..., con eso no justificas mucho

Porque si trabajaste en el poder judicial entonces sabes como viene la mano cuando te quieren buscar la vuelta formalmente

No cuesta nada presentar conjuntamente con el amparo una CD y dos o tres testimomiales para ratificar en primera audiencia, es algo que se prepara en menos de una hora y mandarla x correo te lleva otra hora. Es solamente por si acaso para evitarte un posible disgusto
Esta no la brinda por capricho, entonces hay que curar esos carpichos innecesarios, sobre todo, porque antes de dar tantas vuelvas te recuerdo que hay un bebé esperando que desconoce de "derecho procesal". La urgencia no espera ante cuestiones de esta índole, quien dijo de palabra como medio de prueba? Eso lo dijiste vos, no yo. Se prueba facilmente que la criatura nececita esta leche especial, a ver que contesta la OS en la demanda... me hace acordar un aparo de este tipo donde me contestaron con argumentos de "Cristo y Jesús" , ja parece en joda, pero el abogado era muy religioso se ve y lo invocó vaya "Dios" a saber porque, demás está decir que se puso a todo el juzgado en contra porqueal no saber que decir empezo inventando, y sin pruebas menos que menos le iba asistir razon.

Insisto, quedate vos con tu realidad yo con la mia, yo hablo como es en la práctica. No lo que puede decir en un libro. Que dicho sea de paso, como dije poco le importa a los padres de la criatura.

Todo bien nada, el argumento de los hijos al contrario, es el argumento porque los padres van en representacion de ese menor, como vas a decir que no importa!!!! Como se nota que no tenés hijos, el dia que los tengas y te digan a mi que me importa vamos a ver si estas tan de acuerdo, pasa que no sabes y no podes hablar porque es la verdad, te guste o no.

La verdad nadie me buscó la vuelta de nada y todo lo que intentaste decir no resiste ningun analisis juridico mas que decir "todo bien, pero los hijos no importan". Ojo que por mandarte esa frase imaginate respondiendo una demanda te va a hacer perder en caso ya que te pones del lado de la obra social.

Cuantos amparos iniciaste por medicamentosa? :roll: La CD en estos casos sirve como papel sanitario, en vez de perder ese tiempo que no se tiene en este caso tan particular, es mas, ojalá que la salud de esta criatura no se agrave como consecuencia de la bien vista accion de la obra social por vos de no querer otorgar una prestacion vital porque "los hijos no importan"... :x :x
 #1052590  por flux
 
Esta no la brinda por capricho
Si de acuerdo, pero seguis sin tener pruebas de ese capricho

Y al no tenerla el riesto del rebote formal siempre lo vas a tener, capaz no pasa, pero puede pasar
entonces hay que curar esos carpichos innecesarios, sobre todo, porque antes de dar tantas vuelvas te recuerdo que hay un bebé esperando que desconoce de "derecho procesal"
Irrelevante, tambien los empleados necesitan cobrar sus indemnizaciones por despidos sin causa o los hijos los alimentos y todos igualmente tienen que esperar que se haga el juicio. La mujer golpeada por el marido y con peligro de vida tambien espera a que llegue la orden de exclusion, etc

Guste o no el mecanismo procesal siempre esta ahi, y no respetarlo debidamente te expone a que despues las acciones de fondo no funcionen del todo bien

Podemos despues hacer teoria de que si eso esta bien o esta mal, pero no es esa la cuestion, la cuestion es que el riesgo del rebote por un puro formalismo siempre existe. Y si tal solo por algo tan sencillo como mandar una CD podes evitar ese riesgo, no hacerlo es mas por cabeza dura que por otra cosa
Todo bien nada, el argumento de los hijos al contrario, es el argumento porque los padres van en representacion de ese menor, como vas a decir que no importa!!!! Como se nota que no tenés hijos, el dia que los tengas y te digan a mi que me importa vamos a ver si estas tan de acuerdo, pasa que no sabes y no podes hablar porque es la verdad, te guste o no.
Ese es el argumento de porque los padres van en representacion del menor, pero el argumento para el amparo no es en si la necesidad del menor, el argumento del amparo es la negativa de la OS a esa necesidad del menor, y en eso se justifica el amparo

Suponete un caso asi, planteas el amparo, no tenes pruebas dela negativa, la obra social se presenta y contesta allandose en la obligacion de proveer el servicio pero contestando que esa es la primera vez que toman conocimiento de que existia ese menor que necesitaba la provision de esa leche, y que si hubiera venido a pedirla normalmente se la hubieran dado

Mentira por supuesto, pero..., como la buena fe se presume y vos no tenes ninguna prueba de la negativa..., tu cliente paga costas. Por haber activado un mecanismo judicial cuando realmente no pudiste demostrar que necesario hacerlo por ese mecanismo

Y lo que podes perder en mandar esa CD es solamente 2 horas..., si la salud de la criatura se puede ver perjudicada solo por 2 horas entonces tambien tendrias que pedir que se te exima de la cola de la mesa receptora donde sorteas el amparo, porque en esa otra hora tambien la crituatura puede verse perjudicada. Idem con el dia que tardan en despachar o el tiempo que haces la cola en el juzgado, etc...

Si podes bancarte todos esos procesos burocraticos de ir a sortear el amparo, esperar el despacho o hacer la cola para ver que despacharon sin que la criatura termine mal de salud..., entonces dos horas en mandar una 2 CD mientras vos al mismo tiempo ya redactas el amparo simultaneamente que la gente va a mandar la CD al correo no va a perjudicara en nada
 #1052596  por DRA. MACA
 
flux escribió:
Esta no la brinda por capricho
Si de acuerdo, pero seguis sin tener pruebas de ese capricho

Y al no tenerla el riesto del rebote formal siempre lo vas a tener, capaz no pasa, pero puede pasar
entonces hay que curar esos carpichos innecesarios, sobre todo, porque antes de dar tantas vuelvas te recuerdo que hay un bebé esperando que desconoce de "derecho procesal"
Irrelevante, tambien los empleados necesitan cobrar sus indemnizaciones por despidos sin causa o los hijos los alimentos y todos igualmente tienen que esperar que se haga el juicio. La mujer golpeada por el marido y con peligro de vida tambien espera a que llegue la orden de exclusion, etc

Guste o no el mecanismo procesal siempre esta ahi, y no respetarlo debidamente te expone a que despues las acciones de fondo no funcionen del todo bien

Podemos despues hacer teoria de que si eso esta bien o esta mal, pero no es esa la cuestion, la cuestion es que el riesgo del rebote por un puro formalismo siempre existe. Y si tal solo por algo tan sencillo como mandar una CD podes evitar ese riesgo, no hacerlo es mas por cabeza dura que por otra cosa
Todo bien nada, el argumento de los hijos al contrario, es el argumento porque los padres van en representacion de ese menor, como vas a decir que no importa!!!! Como se nota que no tenés hijos, el dia que los tengas y te digan a mi que me importa vamos a ver si estas tan de acuerdo, pasa que no sabes y no podes hablar porque es la verdad, te guste o no.
Ese es el argumento de porque los padres van en representacion del menor, pero el argumento para el amparo no es en si la necesidad del menor, el argumento del amparo es la negativa de la OS a esa necesidad del menor, y en eso se justifica el amparo

Suponete un caso asi, planteas el amparo, no tenes pruebas dela negativa, la obra social se presenta y contesta allandose en la obligacion de proveer el servicio pero contestando que esa es la primera vez que toman conocimiento de que existia ese menor que necesitaba la provision de esa leche, y que si hubiera venido a pedirla normalmente se la hubieran dado

Mentira por supuesto, pero..., como la buena fe se presume y vos no tenes ninguna prueba de la negativa..., tu cliente paga costas. Por haber activado un mecanismo judicial cuando realmente no pudiste demostrar que necesario hacerlo por ese mecanismo

Y lo que podes perder en mandar esa CD es solamente 2 horas..., si la salud de la criatura se puede ver perjudicada solo por 2 horas entonces tambien tendrias que pedir que se te exima de la cola de la mesa receptora donde sorteas el amparo, porque en esa otra hora tambien la crituatura puede verse perjudicada. Idem con el dia que tardan en despachar o el tiempo que haces la cola en el juzgado, etc...

Si podes bancarte todos esos procesos burocraticos de ir a sortear el amparo, esperar el despacho o hacer la cola para ver que despacharon sin que la criatura termine mal de salud..., entonces dos horas en mandar una 2 CD mientras vos al mismo tiempo ya redactas el amparo simultaneamente que la gente va a mandar la CD al correo no va a perjudicara en nada
Irrelevante es todo tu post, la verdad segui insistiendo con tu capricho sin argumento jurídico, que es criatuatura?
 #1052974  por flux
 
DRA. MACA escribió:Irrelevante es todo tu post, la verdad segui insistiendo con tu capricho sin argumento jurídico, que es criatuatura?
Y cual es tu argumento juridico

"yo soy madre y por eso se de lo que hablo"

Es en serio?

O es joda?

Disculpa que lo plantee asi, porque en ningun codigo encontre esa parte

Es mas, entonces que, todas las madres son abogadas porque saben de lo que hablan, y los que no tienen hijos no pueden serlo porque no tienen hijos?

Que mal, me regalaron el titulo entonces, no se dieron cuenta que no tenia hijos y que no calificaba para ser abogado por no tenerlos

Concretamente no me contestaste esto:

1) -----tambien los empleados necesitan cobrar sus indemnizaciones por despidos sin causa o los hijos los alimentos y todos igualmente tienen que esperar que se haga el juicio. La mujer golpeada por el marido y con peligro de vida tambien espera a que llegue la orden de exclusion, etc-----

Aca te doy varios casos de necesidad justificante, uno de una deuda alimentaria de un empleado (algo grave), otro de una deuda alimentaria de un menor (algo mas grave) y la tercera de una mujer que puede sufrir una situacion violenta donde pierda la vida (mas grave que eso ya no se me ocurre)

En todos esos casos la gente no solo espera sino que ademas necesita ir por las vias procesales adecuadas pasando por toda la burocracia que ya conocemos, y no todos la superan sino que muchos reclamos se quedan por ahi por falta de pruebas o trabas judiciales y burocracia

Entonces porque el caso del menor para este tipo de leche deberia ser distinto o especial que no este sujeto a todos los problemas que tienen esos otros casos?

2) -----Y lo que podes perder en mandar esa CD es solamente 2 horas..., si la salud de la criatura se puede ver perjudicada solo por 2 horas entonces tambien tendrias que pedir que se te exima de la cola de la mesa receptora donde sorteas el amparo, porque en esa otra hora tambien la crituatura puede verse perjudicada. Idem con el dia que tardan en despachar o el tiempo que haces la cola en el juzgado, etc...

Si podes bancarte todos esos procesos burocraticos de ir a sortear el amparo, esperar el despacho o hacer la cola para ver que despacharon sin que la criatura termine mal de salud..., entonces dos horas en mandar una 2 CD mientras vos al mismo tiempo ya redactas el amparo simultaneamente que la gente va a mandar la CD al correo no va a perjudicara en nada-----


Si tan grave es para la necesidad del menor solo perder dos horas de tiempo fisico en mandar una CD ya que segun vos en esas dos horas el menor puede ver agravada su salud...

Como haces con las no se cuantas horas o dias que vas a perder haciendo la cola para sortear el expediente, llevandolo al juzgado de destino, luego esperando el despacho que seguro va a ser a los dos o tres dias de recibido el expediente, y luego llevando la orden a la obra social para que cumplan?

Si tanto se puede agravar la salud del menor por solo perder dos horas en mandar una CD mientras vos simultaneamente escribis el amparo y lo imprimis (osea que no hay perdida de tiempo) entonces en todo ese tiempo posterior para lograr que el amparo se obtenga ya te digo..., el menor ya se murio y punto. Porque si ni podia segun vos esperar dos horas, como hizo para esperar 2 o 3 dias?

3)
-----Suponete un caso asi, planteas el amparo, no tenes pruebas dela negativa, la obra social se presenta y contesta allandose en la obligacion de proveer el servicio pero contestando que esa es la primera vez que toman conocimiento de que existia ese menor que necesitaba la provision de esa leche, y que si hubiera venido a pedirla normalmente se la hubieran dado

Mentira por supuesto, pero..., como la buena fe se presume y vos no tenes ninguna prueba de la negativa..., tu cliente paga costas. Por haber activado un mecanismo judicial cuando realmente no pudiste demostrar que necesario hacerlo por ese mecanismo-----
Como safarias que tu cliente pague costas por algo que en si tenia razon pero como no pudiste probar todos los extremos adecuados al final es tu cliente quien las paga?

Hagamosla corta, seguro que de derecho de fondo la tenes mas clara que yo..., pero de procesal no

Y citar la necesidad de un menor no es algo que tenga que ver con el derecho procesal o te exima de respetarlo

Despues queda en la suerte que tengas de que justo te toque un juzgado comprensivo del derecho de fondo, o que te toque uno que lo unico que quiere hacer es ir a cobrar un sueldo y cajonear todo