Colegas,
Ocurrió que mi cliente durante mayo envió TCL a la SRL donde trabajaba, intimando por salarios adeudados, incorrecta registración, etc. Finalmente, el 4/6 se consideró despedido. La cuestión es que la empleadora nunca recibió estos TCL, que volvían al domicilio de mi cliente con una constancia que expedía el cartero "SE MUDÓ"
Cito al Seclo, y se presenta el requerido. Oh sorpresa! tenía dos cartas documento del 4/6 y 6/6 enviadas al trabajador intimándolo a que retome tareas bajo apercibimiento y finalmente que se encuentra a disposición la liquidación final y certificado de trabajo.
Si bien mi cliente nunca recibió las CD del empleador (porque según el cartero el domicilio no existía), sí recibió los TCL enviados anteriormente a la empleadora que no habían podido ser entregados porque supuestamente se habia mudado. Tranquilamente le decían esto al cartero porque ya venían teniendo problemas con el trabajador.
En definitiva, el intercambio laboral lo han hecho ambas partes correctamente aunque por cuestiones del correo infructuosamente. Por lo tanto mi cliente se consideró correctamente despedido y el empleador lo consideró correctamente en abandono de trabajo...
Complicado, no? Quedamos en otra audiencia, porque imaginense que mi liquidación distaba mucho de la liquidación final del empleador, mas la sorpresa del asunto por los intercambios telegráficos.
Sin embargo, yo creo que a pesar de que -aparentemente- el correo hizo mal los deberes, el que canto primero fue mi cliente y le asistiría la razón en un proceso judicial, en el supuesto de no arribar a un acuerdo aceptable.
Consejos? Gracias!
Ocurrió que mi cliente durante mayo envió TCL a la SRL donde trabajaba, intimando por salarios adeudados, incorrecta registración, etc. Finalmente, el 4/6 se consideró despedido. La cuestión es que la empleadora nunca recibió estos TCL, que volvían al domicilio de mi cliente con una constancia que expedía el cartero "SE MUDÓ"
Cito al Seclo, y se presenta el requerido. Oh sorpresa! tenía dos cartas documento del 4/6 y 6/6 enviadas al trabajador intimándolo a que retome tareas bajo apercibimiento y finalmente que se encuentra a disposición la liquidación final y certificado de trabajo.
Si bien mi cliente nunca recibió las CD del empleador (porque según el cartero el domicilio no existía), sí recibió los TCL enviados anteriormente a la empleadora que no habían podido ser entregados porque supuestamente se habia mudado. Tranquilamente le decían esto al cartero porque ya venían teniendo problemas con el trabajador.
En definitiva, el intercambio laboral lo han hecho ambas partes correctamente aunque por cuestiones del correo infructuosamente. Por lo tanto mi cliente se consideró correctamente despedido y el empleador lo consideró correctamente en abandono de trabajo...
Complicado, no? Quedamos en otra audiencia, porque imaginense que mi liquidación distaba mucho de la liquidación final del empleador, mas la sorpresa del asunto por los intercambios telegráficos.
Sin embargo, yo creo que a pesar de que -aparentemente- el correo hizo mal los deberes, el que canto primero fue mi cliente y le asistiría la razón en un proceso judicial, en el supuesto de no arribar a un acuerdo aceptable.
Consejos? Gracias!