Hola, ojala alguien pueda guiarme! les cuento el caso que llego a mi estudio:
Tres hijos, el padre hace una donación (disponiendo de la totalidad de sus bienes) a dos de ellos. Esa donación es firmada por el padre y luego de fallecido por los tres hijos. los dos herederos beneficiarios de la donacion disponen de los bienes desde el momento del fallecimiento. Al tiempo uno de ellos fallece, sin dejar herederos, por lo que el hermano comienza a disponer de los bienes donados que le correspondían a ese hermano fallecido.
Me viene a ver el heredero que dejaron afuera, iniciamos la sucesión del padre y aun no tenemos declaratoria de herederos. Los únicos bienes que tenia su padre son los que figuran en la donación.
Si bien denuncie el acervo hereditario, aun no hice mención de la donación, y aun no se presento el heredero.
Yo debería hacer mención de esta donación, y solicitar la colación, reducción o complemento de la legitima que se ve afectada. Hasta aca bien, ahora estas son mis preguntas:
-En que momento solicito la colación / reducción /complemento?
-Debo hacerlo en el mismo sucesorio? O por vía de incidente?
-Sabiendo que solo existen esos bienes debería solicitar inventario, avalúo, para determinar que se vio afectada la legitima, en que porción y cual es la parte que le corresponde a mi cliente? Esto debo hacerlo en la sucesión o en las acciones entabladas?
-Como entablo las acciones contra el heredero fallecido?
Tres hijos, el padre hace una donación (disponiendo de la totalidad de sus bienes) a dos de ellos. Esa donación es firmada por el padre y luego de fallecido por los tres hijos. los dos herederos beneficiarios de la donacion disponen de los bienes desde el momento del fallecimiento. Al tiempo uno de ellos fallece, sin dejar herederos, por lo que el hermano comienza a disponer de los bienes donados que le correspondían a ese hermano fallecido.
Me viene a ver el heredero que dejaron afuera, iniciamos la sucesión del padre y aun no tenemos declaratoria de herederos. Los únicos bienes que tenia su padre son los que figuran en la donación.
Si bien denuncie el acervo hereditario, aun no hice mención de la donación, y aun no se presento el heredero.
Yo debería hacer mención de esta donación, y solicitar la colación, reducción o complemento de la legitima que se ve afectada. Hasta aca bien, ahora estas son mis preguntas:
-En que momento solicito la colación / reducción /complemento?
-Debo hacerlo en el mismo sucesorio? O por vía de incidente?
-Sabiendo que solo existen esos bienes debería solicitar inventario, avalúo, para determinar que se vio afectada la legitima, en que porción y cual es la parte que le corresponde a mi cliente? Esto debo hacerlo en la sucesión o en las acciones entabladas?
-Como entablo las acciones contra el heredero fallecido?
