Estimados Colegas tengo un problema con una jubilacion denegada, el sr. declara desde 01/12/1982 hasta 30/06/1992 tareas insalubres en La Cantabrica, decreto ley 4257/68, presenta certificacion de servicios con importes percibidos , tiempo trabajado y caracter de los servicios firmada por el sindico de la Quiebra en 1992 , y recibos de sueldos desde 1984 en adelante, tiene percibido findo de desempleo despues de su desvinculacion de esta empresa, va a verificacion y con el informe de activos que es un empleado blanqueado ley 24013 le reconocen el año 1986 como tareas insalubres que esta informado asi en el sitema y el resto como tareas comunes y ponen en la resolucion ley 24013 y no el nombre de la empleadora al hacer el prorrateo no le alcanzan los años de servicios y se lo rechazan, no hay en el expediente dictamen de legales y tampoco se impugno la prueba realizada (certificacion y recibos de sueldos) en cuanto al carácter de los servicios. Mi pregunta es la siguiente hay alguna resolucion de Anses, que disponga que los servicios de los empleados blanqueados por ley 24013 van a ser tomados como comunes? Lo unico que encontre fue la reolucion de Carss 893/2001 pero es sobre la validez de las certificaciones de servicios firmadas por el sindico pero es anterior a las consideraciones particulares respecto de las empresas en quiebra de febrero de 2010 y en este caso no esta en discusion la prestacion de servicios sino el carácter. Les agradezco si pueden darme una mano con este tema tengo que presentar un recurso.