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  • CERTIFICado de trabajo deficiente ART 80

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1054907  por rox79
 
BUENAS, EN UN DESPIDO INDIRECTO POR DIFERENCIAS SALARIALES MAS HS EXTRAS, SE CONSIDERO DESPEDIDO E INTIMO POR CERTIFICADOS BAJO APERCIBIMIENTO DE DECRETO 146/01. LE ENTREGARON A LOS 5 DIAS Y NO TIENE FIRMA CERTIFICADA, cuando se cumplan los 30 dias, mando otro TCL intimando a que en dos dias a cumplan con los certificados? o intimo ahora a que lo certifiquen, es necesario la certificacion de firma a pesar que esten todos los aportes en anses y afip? Es para ver si pido la multa en demanda...
 #1054927  por dumitra
 
Hola
'
Yo personalmente no hubiera recomendado retirar los certificados; sobre todo considerando que al utilizar el despido indirecto por diferencias salariales y horas extras, esos certificados no reflejarían la realidad de la relaciòn laboral como la estas planteando. Siguiendo ese razonamiento, estimo que podrias reclamar igual la multa en demanda. En todo caso que te diga que no el tribunal.

saludos
 #1054960  por andresxeneizes
 
el empleado firmo que recibio los certificados?

y si lo hablan con el empleador que vaya a certificar las firmas y quizas solucionan el problema facilmente, ya que dudo que asi como viene la mano puedas meter la multa del art 80
 #1055030  por andresxeneizes
 
ahora me cierra mejor la historieta, no te los va a rehacer ni en pedo los certificados, vas a tener que hacerlo por la via judicial, yo reclamaria en el expte que te acompañe uno con la firma certificada y acompaña los que te dio sin la certificacion
 #1055034  por rox79
 
Gracias!! pero estaba leyendo y mi duda es, :
la ley dice que debes intimar para que te entreguen certificados y se espera 30 dias y despues de cumplido los treinta dias, se debe intimar por dos dias mas para que se pueda pedir en demanda la indeminizacion, pero, en este caso que se hizo entrega de certificacion (deficiente) se debe intimar por esos dos dias pasado los 30 dias? se entiende mi pregunta?
 #1055064  por juani2012
 
Hola foristas. Alguien me podría pasar un modelo de cd laboral para lograr un despido indirecto por diferencias salariales de horas extras que le pagan al 50 y muchas son al 100 y encima trabaja de noche. Además jamás le abonaron ni le dieron vacaciones. Gracias
 #1055109  por rox79
 
Buenas estoy haciendo el telegrama, creen que sea necesario especificar porque vuelvo a pedir certificados del art 80, o solo coloco que es insuficiente, algo asi me quedaria

"Atento haberse cumplido el plazo establecido por el art. 3° del dec. 146/01, intimo a Ud. a fin de que dentro del término de dos dias habiles me haga entrega fehacientemente, en legal forma y debidamente confeccionados, de los certificados referidos por art. 80 LCT y art. 1°, sexto párrafo, ley 24576 , ya que la documentación entregada en fecha 25/08/2014 es deficiente, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales con fundamento en los arts. 80 y 132 bis, LCT, según ley 25.345 (evasion fiscal )(y su decreto reglamentario 146/2001) -sanción conminatoria e indemnización- y acciones con fundamente en la ley penal tributaria"

o especifico que le falta certificar firma, que no coincide la remuneracion con lo que pagaron mensualmente, que falta detalles de remuneracion en certificado de servicios y demas??
o los estoy avivando... o mejor ser clara para que en demanda no tenga problemas?

juani 2012 busca en el foro hay muchos modelos lindo,

fijate si te sirve este
VENGO POR LA PRESENTE A INTIMARLOS EN FORMA FEHACIENTE A QUE EN EL IMPRORROGABLE Y PERENTORIO PLAZO DE DOS DÍAS HÁBILES HAGA EFECTIVO EL PAGO DE: DIFERENCIAS SALARIALES ADEUDADAS Y NO PRESCRIPTAS, HORAS EXTRAS LABORADAS ADEUDADAS Y NO PRESCRIPTAS, BONIFICACIONES POR ANTIGÜEDAD ADEUDADAS Y NO PRESCRIPTAS, PRESENTISMO ADEUDADO Y NO PRESCRIPTO, TITULO ADEUDADO Y NO PRESCRIPTO, FERIADOS ADEUDADO Y NO PRESCRIPTO, Y DEMÁS RUBROS QUE CORRESPONDIEREN, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido sin justa causa por vuestra exclusiva responsabilidad. En consecuencia, los INTIMO para que procedan a liquidar mis haberes en forma correcta y conforme lo prescribe las normas laborales y tributarias vigentes, todo conforme lo regula la Ley; Convenio Colectivo y las Resoluciones correspondientes y aplicables a los trabajadores de mi sector que por derecho me corresponden.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
1- Mi categoría en recibo de sueldo es como xxxxxxxxx, Teniendo presente que prestaba servicios de lunes a viernes de xxx hs axxxxx hs.; con más horas extras. Realizando guardia pasiva una semana al mes de lunes a domingo 06:00 hs a 00:00horas.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------