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  • HECHO NUEVO-LEY 11653- LABORAL PCIA.

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 #1055533  por Marinal
 
Buenas tardes. ¿Alguien sabe hasta cuándo se puede alegar un hecho nuevo en un juicio laboral que tramita en Pcia. de Buenos Aires? Yo entiendo que se aplica supletoriamente el Cód. Porc. Civ. y Com de la Pcia. dado que la ley 11653 no veo que prevea nada y aquél código dice que hasta 5 días después de notificada la providencia de apertura a prueba. ¿es así o estoy pasando algo por alto?
Muchas gracias!!!!
 #1055590  por eltam88
 
Se aplica supletoriamente el Cod. Procesal. Pero antes de la vista de causa, alegalo cuando quieras. El proceso laboral es más flexible