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  • Sucesion-Usucapion

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 #1056227  por SILVIOPADULO
 
Hola colegas, tengo una pregunta:

Si uno inicio un juicio sucesorio, y por x motivo no se continuo, (me dijeron que hace como 5 años que no se hizo mas nada) se puede inciar un juicio de usucapion para un inmueble (que estaba en el acervo del sucesorio)??


Mil gracias a todos!!!
 #1056243  por legalescom
 
siempre que detente y acredite una posesión publica, pacifica e ininterrumpida, con animus domini, por 20 años, no hay ningún problema
 #1056423  por ebarreyro
 
Si puede iniciarla. No creo que pueda ganarla, pero puede iniciarla.
 #1056498  por legalescom
 
La respuesta de ebarreyro, me hace dudar. ¿Podrías ampliar el tenor de tu pregunta?
 #1056547  por SILVIOPADULO
 
Hola , si mira puedo ampliar un poco mas mi pregunta, voy a traducir textual de lo que puso mi cliente:

habia una sucesion iniciada de la cual surgio tres herederos, uno de ellos padre de mi cliente, los otros dos herederos al dia de hoy fallecieron , o sea que quedaria solamente uno de los tres herederos, el tema que me explica mi cliente que cree ella que se llego hasta la declaratoria de herederos, cuando estaban vivos los otros dos, en definitiva esta iniciada la sucesion y no se continuo, por lo que hay honorarios de abogados que no se abonaron, la pregunta es ese inmueble que forma parte del acervo de bienes , puede usucapirse?? por un tema de estar pendiente los honorarios de los abogados que en su momento iniciaron el sucesorio???
para usucapir ese inmueble basta con demostrar la ocupacion pacifica y continua por el termino de 20 años?? tenia entendido que habia que acompañar tambien el pago de impuestos, testigos, plano de mensura , ect!!! el inmueble esta ubicado en la provincia de buenos aires.
Espero haber explicado lo mejor posible el caso, es lo que me transcribio mi cliente.

Muchas gracias a todos!!!
 #1056558  por legalescom
 
Ahora cambia todo: No puede, el padre de tu cliente, y menos él, promover una usucapión contra la sucesión pues, en tal caso, serían actores y demandados, las mismas personas. Si la usucapión, la querés hacer valer contra los herederos de los dos fallecidos, si es que los tienen, también resultaría complicado, ya que se ha resuelto:

"La acción por prescripción adquisitiva incoada por la actora contra sus hermanos es improcedente, en tanto aquélla incurrió en el error de considerarse poseedora del inmueble cuando en realidad era coposeedora por causa de sucesión, sin que existan actos de alzamiento, rebelión o expulsión frente a iguales derechos de sus coherederos.
"El pago de impuestos realizados en forma exclusiva por uno de los condóminos importa actos de administración y no alcanzan para tener por configurada la interversión del título, mientras que aquél que pretende la usucapión no pruebe en forma clara e inequívoca la exteriorización de su voluntad de privar a los demás de la posesión"

Por lo tanto, terminá la sucesión, abonando los honorarios de los letrados, o esperando que prescriban (10 años) e inscribila. No dijiste si los fallecidos tenían herederos.
 #1056570  por SILVIOPADULO
 
Estimado muy clara tu respuesta, ahora bien en cuanto a si tenian herederos, uno solo de los fallecidos tenia un o dos sobrinos, este es el unico dato que tengo...
Ahora bien en cuanto al tema de la prescripcion, por ejemplo si hubo una apelacion de honorarios, hace 2 o 3 años, a partir de ahi cuento el plazo para computar la prescripcion???
Gracias y saludos!!
 #1056578  por legalescom
 
Exactamente, corroborar bien, que los honorarios estén regulados, sino, el plazo baja a cinco años.