En los trabajadores de la Construcción se exigen aportes totales por 25 años, ahora si no llegan a los 25 años se puede recurrir a la moratoria vigente regularizando períodos hasta septiembre de 1993.
Mi pregunta es: ¿Puedo comprar tantos años como le permita su edad? Es decir de los 18 años cumplidos hasta septiembre de 1993, o hay algún límite?
Gracias, Mariano
Mi pregunta es: ¿Puedo comprar tantos años como le permita su edad? Es decir de los 18 años cumplidos hasta septiembre de 1993, o hay algún límite?
Gracias, Mariano