buenas noches una pregunta. una clienta tuvo un acv y no se puede levantar de la cama es pensionada y le tengo que tramitar la nueva jubilacion. de que manera puedo tramitar el poder? muchas gracias
megia679 escribió:buenas noches una pregunta. una clienta tuvo un acv y no se puede levantar de la cama es pensionada y le tengo que tramitar la nueva jubilacion. de que manera puedo tramitar el poder? muchas graciasRecién acabo de contestarte en la otra consulta que hiciste ¿este es otro caso nuevo?
megia679 escribió:buenas noches una pregunta. una clienta tuvo un acv y no se puede levantar de la cama es pensionada y le tengo que tramitar la nueva jubilacion. de que manera puedo tramitar el poder? muchas graciasMegia679 la verdad no te entiendo porque en el otro hilo dijiste que el poder era para una sobrina de una clienta tuya que estudiaba derecho y acá decís que el poder es para tramitar vos!! encima ahora agregas que es una persona con un ACV.
bhacros escribió:Fui a la Anses, con Carta Poder firmada y sellada, con el dni de la titular y no me quisieron dar turno, porque dicen que solo se lo dan al titular... que opinan?¿En que UDAI fue eso? hace intervenir a tu Colegio de Abogados o que te den la negativa por escrito porque no existe norma que prohiba tramitar a los apoderados.